Manual jurídico de ocupación

Las dudas sobre el realojo de las familias pasan de la "ilegalidad" de la decisión de Fomento por obviar las listas de espera a la acreditación de emergencia social que IU no justifica

Un agente de la Policía Nacional y uno de los ocupantes del edificio, durante el desalojo del pasado domingo.
Un agente de la Policía Nacional y uno de los ocupantes del edificio, durante el desalojo del pasado domingo.
Antonio Fuentes Sevilla

12 de abril 2014 - 05:03

Uno de los rompecabezas en la pugna estratégica que protagonizan PSOE e IU a cuenta del realojo de los okupas de la Corrala Utopía consiste en descifrar el argumentario jurídico en el que descansan los posicionamientos políticos de ambas formaciones y evitar de esta manera intoxicaciones premeditadas. Ambas formaciones reivindican la legalidad de sus acciones (el realojo en viviendas públicas vacías, dicen IU y su Consejería de Fomento y Vivienda; la retirada de competencias mediante decreto a causa de una acción "ilegal", defienden el PSOE y la Presidencia de la Junta). Pero en el transcurso de las reuniones la validación jurídica ha ido cambiando.

El PSOE se aferró en primer lugar a la "ilegalidad" del procedimiento de Fomento de privilegiar a esta veintena de vecinos cuando en Sevilla hay una lista de espera de 12.000 demandantes de vivienda protegida en el registro aprobado por ley. El PSOE o la Junta no han aportado un informe jurídico que razone este argumento. De hecho, esta teoría se rebajó durante el día de ayer en las declaraciones de los socialistas. En el transcurso de las maratonianas reuniones IU se ha afanado en convencer de que la ley le permite hacer alojamientos temporales sin necesidad de adjudicar una vivienda. IU se basa en la urgencia en casos de especial necesidad y ejemplifica: una cosa es ir al hospital en una lista de espera y otra ir a Urgencias. IU alude al auto judicial de desalojo, que mandata a los poderes públicos a "que provean lo necesario en caso de que se encuentren en el edificio menores y otras personas en riesgo de exclusión social".

En una posición teórica, fuentes jurídicas consultadas por avalan los argumentos de IU. Una cosa es la propiedad, a la que aspiran los demandantes inscritos en las listas, y otra una posesión temporal destinada a familias en situación de emergencia. Y si hay viviendas vacías es en parte problema de la falta de crédito. Tampoco dan validez a la acusación de prevaricación por parte del PSOE. Si existen dudas sobre el procedimiento, sería muy atrevido pensar que el equipo de Vivienda actuó conociendo la ilegalidad de este procedimiento. IU se basa, al igual que los decretos sobre función social de la vivienda, en el concepto de bien jurídico y no físico de la vivienda recogido en la Constitución. Es un supuesto teórico que ninguna administración ha sabido llevar al plano práctico. El fantasma de la ocupación frente al derecho de la propiedad atemoriza a los representantes públicos.

Las dudas jurídicas se dirigieron entonces hacia el supuesto de emergencia social de las familias de la Corrala. IU no fue capaz de demostrar con informes que estas familias tengan acreditada esta necesidad. Si el miércoles la medida iba dirigida a la veintena de familias, ayer se informó de que eran sólo ocho las beneficiarias. La razón: son las que cuentan con informes de los servicios sociales y están en custodia del Defensor del Pueblo andaluz. No obstante, se desconoce si están actualizados.

Se da la circunstancia de que la portavoz de esta plataforma, Irma Blanco, renunció ayer. Tiene un contrato temporal y desistió para evitar que su situación "ponga en peligro los logros". Otras nueve familias se quedan fuera del proceso, pero IU puede justificar ante su electorado (ha hecho emblema de la Corrala) que la decisión compete a la Consejería de Hacienda tras la publicación del decreto por el que la presidenta de la Junta les retiró ayer las competencias.

El PSOE piensa en una nueva baremación de los servicios sociales que justifique la situación de especial necesidad de estas familias. Si IU acepta, la solución estaría cercana. El problema reside en la retirada de competencias sobre vivienda protegida a la Consejería de Fomento decretada por la presidenta, residenciadas ahora en la dirección general de Patrimonio. Un golpe político del que difícilmente saldrá bien parado el pacto PSOE-IU, incluso si hay derogación del mismo. El texto contiene algunos errores de referencia en los artículos de la ley (que hoy serán corregidos en un boletín extraordinario publicado en el BOJA), pero básicamente Presidencia le retira a la Consejería de Fomento de Elena Cortés la capacidad para adjudicar vivienda protegida y también el realojo de estas personas en casos de emergencia, es decir, el artículo en el que se basó la acción de IU. PSOE e IU protagonizan un intrincado juego político sobre un confuso argumentario jurídico.

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