Listado de las empresas de Andalucía adheridas a las ayudas por el sobrecoste de la luz y el gas
Son muchas las empresas que han acudido a solicitar la ayuda para pymes y autónomos debido al precio de la luz
Aprobadas las ayudas a pymes y autónomos afectados por los sobrecostes energéticos en 2022
Cómo solicitar las ayudas para pymes y autónomos en Andalucía por el sobrecoste de la luz y el gas
Son muchas las empresas afectadas por el sobre coste de la luz que viene asolando a España desde que comenzó la guerra en Ucrania. Por este motivo, la Unión Europea, ha facilitado una cuantía al Gobierno español para que apoye y ayude a los autónomos y pymes en este momento tan crítico, donde el gasto es tan elevado. La medida está dotada de 525 millones de euros de los cuales, destinados a pymes y autónomos oscilará entre los 300 euros y los 2 millones de euros.
Una medida aprobada en en el decreto ley en Consejo de Gobierno andaluz y a la que muchas comercializadoras ya se han unido.
El decreto ley recoge que se considerará potencial beneficiario sólo aquellas pymes y autónomos cuyo importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios para el ejercicio 2022 haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad.
Listado de empresas adheridas
Hay 40 comercializadoras ya adheridas que cubren un 90 % de la cuota de mercado. Esto permite la automatización de la ayuda, por lo que los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la misma.
- Acsol Energía Global S.A.
- Ahorreluz Servicios Online S. L
- Arsus Energia S.L.
- Blubat Pulsar S.L.U
- Cepsa Gas comercializadora S.L
- Cide Hcenergia S.A.U
- Cima Energia
- Comercializadora S.L.
- Comercializadora Adi España S.L
- Comercializadora de Electricidad y gas del Mediterráneo S.L.
- Curenergía comercializador de último Recurso, S.A.U
- Cye Energía Sociedad Limitada
- Diviconsulting Energía Sociedad Limitada
- Elecnova Siglo XXI S.L
- Elega Energia S.L
- Endesa Energía, S.A.
- Energía Ecológica Económica S.L
- Energía XXI Comercializadora de referencia S.L
- Epresa Energía S.A.U
- Fenie Energía S.A
- Fox Energía S.A
- Gerenta Energía, Sociedad Limitada
- Gesternova, S.A
- Grupo Ibersogas Energía, S.L
- Iberdrola Clientes S.A.U
- Iberdrola Servicios Energéticos S.A.U
- Iris Energía Eficiente S. A
- Love Energy S.L
- Luzia Energía S.L
- Masqluz 2020 S.L
- Nabalia Energía 2000 S. A
- Naturgy Iberia S. A
- Pasión Energía S. L
- Power Watt Energy Island, Sociedd Limitada
- Regsiti Comercializadora Regulada, S. L.
- Reluzca Energía S.L
- Repsol Comercializadora de Electricidad y Gas S.L
- Unieléctrica Energía S.A
- Vivo Energía Futura S.A.
¿Qué empresas pueden pedir la ayuda del Gobierno?
Todos esos negocios que tengan un máximo de hasta 250 trabajadores o trabajadores autónomos que tenga la condición de “especialmente afectada por el incremento de los costes energéticos”, y podrá ser beneficiaria de la ayuda, cuando el importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, sea igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. Estos porcentajes están fijados en el Anexo I del Decreto Ley.
Cómo se solicita la ayuda
El acceso para solicitar las ayudas se realizará a través de un sencillo formulario en la web de la consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en el que, accediendo con certificado digital, se va a poder rellenar en menos de tres minutos y no va a requerir que el beneficiario adjunte ningún tipo de documentación para el cálculo de la ayuda.
Básicamente, el solicitante debe aportar sus datos personales, señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022, su cuenta bancaria para el ingreso de la subvención y una declaración responsable en la que exprese que cumple los requisitos para recibir la ayuda, que se ha visto afectado por la crisis energética en los términos que recoge el Decreto Ley, o que no ha recibido alguna otra ayuda de las incompatibles con esta norma.
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