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Listado de las empresas de Andalucía adheridas a las ayudas por el sobrecoste de la luz y el gas

Contadores de la luz / M. G.

Son muchas las empresas afectadas por el sobre coste de la luz que viene asolando a España desde que comenzó la guerra en Ucrania. Por este motivo, la Unión Europea, ha facilitado una cuantía al Gobierno español para que apoye y ayude a los autónomos y pymes en este momento tan crítico, donde el gasto es tan elevado. La medida está dotada de 525 millones de euros de los cuales, destinados a pymes y autónomos oscilará entre los 300 euros y los 2 millones de euros.

Una medida aprobada en en el decreto ley en Consejo de Gobierno andaluz y a la que muchas comercializadoras ya se han unido.

El decreto ley recoge que se considerará potencial beneficiario sólo aquellas pymes y autónomos cuyo importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios para el ejercicio 2022 haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad.

Listado de empresas adheridas

Hay 40 comercializadoras ya adheridas que cubren un 90 % de la cuota de mercado. Esto permite la automatización de la ayuda, por lo que los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la misma.

¿Qué empresas pueden pedir la ayuda del Gobierno?

Todos esos negocios que tengan un máximo de hasta 250 trabajadores o trabajadores autónomos que tenga la condición de “especialmente afectada por el incremento de los costes energéticos”, y podrá ser beneficiaria de la ayuda, cuando el importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, sea igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. Estos porcentajes están fijados en el Anexo I del Decreto Ley.

Cómo se solicita la ayuda

El acceso para solicitar las ayudas se realizará a través de un sencillo formulario en la web de la consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en el que, accediendo con certificado digital, se va a poder rellenar en menos de tres minutos y no va a requerir que el beneficiario adjunte ningún tipo de documentación para el cálculo de la ayuda.

Básicamente, el solicitante debe aportar sus datos personales, señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022, su cuenta bancaria para el ingreso de la subvención y una declaración responsable en la que exprese que cumple los requisitos para recibir la ayuda, que se ha visto afectado por la crisis energética en los términos que recoge el Decreto Ley, o que no ha recibido alguna otra ayuda de las incompatibles con esta norma.

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