La Junta prorroga el sistema de teletrabajo que acordó en la pandemia
Andalucía
La Administración mantendrá el protocolo pactado con los sindicatos hasta el desarrollo reglamentaria de la ley andaluza de la función pública
El acuerdo recogía un día a la semana de trabajo en esta modalidad a los empleados cuyas funciones pudieran realizarse a distancia y el 100% a quienes pudiendo ejercerlo tuvieran a menores o personas dependientes a su cargo
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La Junta de Andalucía ha acordado prorrogar la vigencia del protocolo de medidas organizativas que, al hilo de la pandemia de Covid-19, acordó en septiembre de 2020 con sindicatos para regular la aplicación del "régimen de trabajo no presencial" entre sus empleados públicos.
Así se desprende de una resolución, con fecha del pasado 5 de julio de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, consultada por Europa Press tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), por la que se aprueba y ordena la publicación del Pacto de 12 de junio de 2023, de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, por el que se prorroga el protocolo de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
La entrada en vigor de esta prórroga se producirá este martes, 11 de julio, el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOJA, y se mantendrá "hasta el momento en que se produzca el desarrollo reglamentario de la Ley de la Función Pública de Andalucía en esta materia", según precisa el acuerdo de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, que cuenta con las firmas del secretario general para la Administración Pública del Gobierno andaluz, Arturo Domínguez, como representante de la administración, y del presidente de CSIF Andalucía, Germán Girela; el secretario general de UGT Servicios Públicos de Andalucía, Antonio Tirado, y el coordinador del Área Pública de CCOO Andalucía, Agustín de la Cruz, como representantes de las organizaciones sindicales.
Y es que dicho pacto "ha sido negociado y se firma por la Administración de la Junta de Andalucía y por la representación de las organizaciones sindicales CSIF, UGT y CCOO, integrantes de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía", según concreta la resolución.
Prórroga al margen de la emergencia sanitaria
La vigencia del pacto que ahora se prorroga quedó en su momento "supeditada a la de la crisis sanitaria producida por el Covid-19 (...)", según explica la Junta, que al respecto recuerda que, el pasado 5 de mayo de 2023, la Organización Mundial de la Salud (OMS) "acogió la recomendación del Comité de Emergencia de declarar el fin de la emergencia de salud pública internacional por la Covid-19".
Sin embargo, mediante este Pacto de la Mesa General Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 12 de junio de 2023, se ha acordado prorrogar la aplicación del mismo "hasta el momento en que se produzca el desarrollo reglamentario de la Ley de la Función Pública de Andalucía en esta materia".
La Junta y los referidos sindicatos sostienen en este pacto que "la potenciación del uso del teletrabajo cuando la naturaleza de la actividad lo permita, compatibilizándolo con la modalidad presencial, es responsabilidad de todos los empleadores y, particularmente, de las Administraciones Públicas en razón de los fines de interés general a los que sirven y su papel en la adopción de medidas sanitarias".
Todo ello -según apostilla el pacto- "sin perjuicio de la elaboración y aprobación en la Administración de la Junta de Andalucía de un marco normativo estable, que, independientemente de situaciones coyunturales o de fuerza mayor, contribuya a que el teletrabajo mejore el funcionamiento de la Administración, sin menoscabo de la función que puede desempeñar como instrumento de conciliación de la actividad profesional con la vida personal y familiar y para contribuir a limitar la huella ecológica que cada persona genera en nuestro planeta".
"Sólo cuando concurran situaciones excepcionales o extraordinarias de emergencia determinarán su obligatoriedad", apostilla también el pacto, que precisa que todo ello, además, se une a "la aplicación de todos los permisos y medidas de conciliación de carácter general establecidos en cada uno de los sectores".
Ley andaluza de la función pública
En la Ley de la Función Pública de la Junta de Andalucía que aprobó el Parlamento el pasado día 31 de mayo de 2023, se regula el teletrabajo como una de las modalidades de prestación del servicio, disponiendo que "se establecerán reglamentariamente los supuestos y condiciones para desempeñar las funciones correspondientes al puesto de trabajo a distancia fuera de las dependencias de la Administración, mediante la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo, a través del uso de tecnologías de la información y la comunicación, cuando el contenido competencial del puesto de trabajo lo admita, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, garantizándose la atención presencial a la ciudadanía respecto a aquellos servicios en que así se establezca".
También, "que la prestación del servicio mediante teletrabajo habrá de ser expresamente autorizada y será compatible con la modalidad presencial", y, "en todo caso, tendrá carácter voluntario y reversible, salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados, y estará supeditado a las necesidades organizativas y del servicio en los términos que reglamentariamente se establezca".
La citada ley también establece "que el teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento, la optimización de recursos y la atención a necesidades organizativas, y deberá respetar, en todo caso, los principios de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres".
La ley, asimismo, determina "que el personal que preste sus servicios mediante teletrabajo tendrá los mismos deberes y derechos, individuales y colectivos, que el resto del personal que preste sus servicios en modalidad presencial, incluyendo la normativa de prevención de riesgos laborales que resulte aplicable, salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación del servicio de manera presencial".
Asimismo, la ley contempla "que la jornada de trabajo en régimen de teletrabajo será la que corresponda a cada persona de acuerdo con las normas que le sean de aplicación", y "reglamentariamente se podrán establecer reglas específicas para adaptar la jornada de trabajo a las particularidades de la prestación de servicios a distancia, asegurando en todo caso el cumplimiento de la jornada establecida y la garantía del derecho a la desconexión digital y al descanso necesario".
El pacto de la Junta con sindicatos sostiene que, "hasta tanto se adopta el desarrollo reglamentario del teletrabajo, se hace preciso disponer de la posibilidad de la utilización de dicha modalidad de prestación del servicio en la Administración" andaluza "de forma independiente a la emergencia sanitaria como consecuencia del Covid-19", de ahí que la citada Mesa General haya acordado la prórroga de la aplicación de su Pacto de 14 de septiembre de 2020, "hasta la efectiva entrada en vigor de la referida regulación reglamentaria".
Un día de teletrabajo semanal
Según se informó en su momento desde la Junta, tras la firma de este pacto en 2020, dicho protocolo aportaba como principal novedad el reconocimiento a todas las personas empleadas incluidas en su ámbito de aplicación, cuyas funciones sean susceptibles de teletrabajo, la posibilidad de un día de teletrabajo semanal.
Asimismo, para las personas con menores de 14 años o personas dependientes a cargo, cuyas funciones puedan desarrollarse de modo no presencial, se reconocía en ese protocolo la posibilidad de teletrabajo al 100% de la jornada en caso de cierre total o parcial de centros escolares o asistenciales o de algún caso debidamente confirmado de Covid-19 en la unidad familiar.
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