La Junta se persona para que se revise la licencia del Algarrobico y demolerlo

El Consejo de Gobierno emplaza al Ayuntamiento de Carboneras a que declare cuanto antes los terrenos como no urbanizables

El TSJA da diez días al Ayuntamiento de Carboneras para certificar que el PGOU considera "no urbanizable" el Algarrobico

El Algarrobico: Veinte años y vuelta al principio

Imagen del hotel en el paraje del Algarrobico en la localidad almeriense de Carboneras.
O. L.

14 de mayo 2024 - 17:32

Sevilla/La Junta se ha personado en el proceso judicial para la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) relativa a la revisión de la licencia de obras del hotel de El Algarrobico, en Carboneras y se declare su nulidad como paso previo y necesario para agilizar su posterior demolición. El Consejo de Gobierno ha analizado las actuaciones que lleva a cabo la Junta para "restituir la legalidad" en estos terrenos, ya que uno de los principales objetivos marcados por el Ejecutivo autonómico es su demolición y acabar "con ese urbanismo salvaje", según ha reconocido el portavoz, Ramón Fernández-Pacheco.

La actuación de la Junta se dirige, por un lado, a que los planeamientos reflejen "la clasificación real" de los terrenos no urbanizables, de ahí la personación contra el acuerdo plenario, y por otro intentar eliminar la licencia urbanística en vigor. El Gobierno autonómico reitera el ofrecimiento que ha hecho el presidente, Juanma Moreno, para alcanzar "un gran pacto" que permita demoler El Algarrobico "cuanto antes".

Fernández-Pacheco ha explicado que el acuerdo con el Gobierno para su demolición sigue en vigor y se mantienen reuniones periódicas, pero "la pelota de derribo" está en el tejado del Ayuntamiento de Carboneras. Estos acuerdos contemplan que el Ejecutivo central se haga cargo de la inversión necesaria para su derribo, mientras que la Junta pagará la retirada de los escombros y la renaturalización del espacio. Fernández-Pacheco ha reclamado al consistorio que "cumpla las sentencias" y que lleve a pleno la revocación de la licencia, algo que en su momento quienes ahora gobiernan ya "boicotearon".

Andalucía, como establece su Estatuto de Autonomía, ostenta competencias en materia de ordenación del territorio, urbanismo y el litoral. El artículo 35 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), contiene un mandato para preservar el espacio litoral de actuaciones que menoscaben su conservación y puesta en valor como recurso territorial básico. De igual modo, el artículo 147 recoge que las administraciones públicas deben asegurar el cumplimiento de la legislación y ordenación territorial y urbanística mediante el ejercicio de una serie de potestades como el restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística vulnerada, así como ejercer acciones administrativas y judiciales frente a actos administrativos que infrinjan el ordenamiento jurídico.

Dentro de estas competencias, la Consejería de Fomento ha llevado a cabo una serie de acciones proactivas con la finalidad de que se cumpla con la ley en lo concerniente a las obras del hotel. Este edificio se levantó en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, que fue el primer espacio marítimo-terrestre protegido de Andalucía y ha sido reconocido por la UNESCO como Reserva de la Biosfera y Geoparque Mundial.

Según recoge el informe, la Junta de Andalucía ha seguido dos líneas de acción no sólo para reponer la realidad física alterada sino para salvaguardar el principio de seguridad jurídica, ya que se trata de suelos rústicos especialmente protegidos. En primer lugar, la intervención autonómica se ha dirigido a que los instrumentos de planeamiento reflejen fielmente la clasificación real de los terrenos. Para ello, la Junta de Andalucía se personó en el incidente de ejecución de la Sentencia 2000/2016, de 18 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anula el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Carboneras de 2009, por el que se aprobó definitivamente el PGOU, en lo referente al sector Algarrobico y el sector El Canillar, que debían figurar como suelo no urbanizable.

Esta personación obedeció a otro acuerdo plenario de 2023, que aprobó definitivamente la modificación del instrumento de planeamiento general de PGOU de Carboneras. Ese acuerdo intentaba eludir el fallo judicial, ya que pretendía que la clasificación del suelo como de especial protección tuviese efectos “sobrevenidos” al planeamiento vigente.

De hecho, el TSJA declara la nulidad parcial de este acuerdo e insiste en que la realidad de los suelos en cuestión es la del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de 1994. En segundo lugar, se han acometido operaciones para eliminar la licencia urbanística municipal en vigor y que hoy todavía otorga cobertura a una obra ilegal. Al respecto, la Junta de Andalucía se ha personado en la ejecución de la sentencia del TSJA de julio de 2021 en la que se dicta la revisión de oficio de la licencia de obras concedida en enero de 2003. La declaración de nulidad de la licencia constituye un requisito ineludible para el restablecimiento de los terrenos a su estado original.

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