La Junta pagará 54.000 euros a Guerrero por salarios atrasados
Caso de los ere
El TSJA estima parcialmente un recurso del ex director general de Trabajo y reconoce que, aun suspendido, tiene derecho a percibir el 75% de su salario desde que solicitó su readmisión.
La Junta de Andalucía tendrá que pagar más de 54.000 euros al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero correspondientes a los salarios que no ha percibido desde que en enero de 2012 solicitó su readmisión como funcionario de la Administración autonómica. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso presentado por el abogado Fernando de Pablo, que representa a Guerrero, y ha acordado que se le adjudique una plaza vacante y "el abono de los derechos económicos" que según los magistrados le corresponden desde que debió "incorporarse al puesto de trabajo que había que adjudicarle".
La sentencia no implica que, en la práctica, Guerrero vaya a volver a trabajar de momento en la Junta, puesto que la Administración puede suspenderle provisionalmente al estar imputado en la causa de los ERE, pero sí implica, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que el ex alto cargo tiene derecho a percibir "el 75% de su sueldo, trienios y pagas extraordinarias", así como la ayuda familiar a pesar de que sea suspendido en sus funciones.
El abogado Fernando de Pablo estimó ayer que Javier Guerrero tendría derecho a percibir unos 54.113 euros que se corresponderían con el 75% del salario que no ha percibido desde que solicitó su reincorporación a la Administración. Desde esa petición han transcurrido unos 25 meses y Guerrero tenía un sueldo bruto mensual de 2.525,25 euros, por lo que le correspondería recibir esos 54.113 euros, precisó Fernando de Pablo.
Preguntado por la posibilidad de que la juez Alaya decidiera embargar esa cantidad para hacer frente a la fianza de 686 millones de euros impuesta a Guerrero como responsabilidad civil, el letrado explicó que al tratarse de un pago correspondiente al salario del ex director de Trabajo, sólo podría embargarse una "parte proporcional" del mismo, dado que el resto sería inembargable. Se trataría de un caso distinto al del ex consejero de Empleo Antonio Fernández, a quien la juez embargó la indemnización que, por importe de 34.240,01 euros, le correspondía por su despido de la empresa jerezana González Byass.
La Junta había alegado que "la naturaleza de los delitos y las circunstancias en que presuntamente se han cometido" justificaban la suspensión provisional de Guerrero en sus funciones, pero la sentencia considera que la primera sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla incurre en causa de "anulabilidad" por acordar el reingreso al servicio activo "sin reconocer los derechos económicos que el recurrente, aunque suspendido, tiene que percibir" según el Estatuto Básico del Empleado Público.
La defensa alegó el trato desigual por la reincorporación a sus puestos de otros altos cargos de la Junta imputados en la causa, un aspecto en el que la sentencia dice que "poco podemos decir sobre la presunta quiebra del principio de igualdad por el trato desfavorable al recurrente respecto de otros imputados a quienes sí se les ha acordado el reingreso sin suspensión", aunque señala en todo caso que la medida acordada en el caso de Guerrero fue "ajustada a derecho" aunque entiende que debió adjudicársele un puesto de trabajo y reconocerle los derechos económicos.
Fernando de Pablo se refirió ayer a las críticas del portavoz parlamentario del PSOE, Mario Jiménez, que habló de "tomadura de pelo" tras la decisión de la Justicia, y consideró paradójicas las manifestaciones del dirigente socialista porque, según De Pablo, "si alguien puede tener conocimiento de la partida 31L es Mario Jiménez, quien tuvo una participación activa en las ayudas a la Faja Pirítica de Huelva y también podría hablar de las ayudas a Telecuna del Descubrimiento y Odiel Press", concluyó.
También te puede interesar