La Junta de Andalucía propone estos precios para los servicios sanitarios a mutualistas y extranjeros

Salud

La Consejería de Salud trabaja en la actualización de los importes de estos servicios a terceros prestados en centros del SAS que no se revisan desde 2005

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Una mujer se realiza pruebas en el hospital Virgen de las Nieves de Granada
Una mujer se realiza pruebas en el hospital Virgen de las Nieves de Granada / M. G.

La Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía trabaja en la actualización del importe de "servicios, actividades y bienes de naturaleza sanitaria, prestados en centros sanitarios del sistema sanitario público de Andalucía", que deben ser retribuidos mediante precios públicos por "terceros obligados legalmente al pago" como mutualistas o ciudadanos extranjeros en determinados supuestos.

Así figura en el texto del proyecto de Orden de la Consejería de Salud y Consumo -actualmente sometido al trámite de audiencia e información pública y consultado por Europa Press- por la que se establece el importe de los servicios, actividades y bienes de naturaleza sanitaria, prestados en centros sanitarios del sistema sanitario público de Andalucía, que deben ser retribuidos mediante precios públicos por los terceros obligados legalmente al pago.

Como "terceros obligados legalmente al pago" de los servicios incluidos en este proyecto de orden, la Junta incluye al colectivo de "asegurados o beneficiarios del sistema de Seguridad Social pertenecientes a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Mutualidad General Judicial o al Instituto Social de las Fuerzas Armadas, que no hayan sido adscritos, a través del procedimiento establecido, a recibir asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud".

También, a los "asegurados o beneficiarios de empresas colaboradoras en la asistencia sanitaria del sistema de Seguridad Social, en aquellas prestaciones cuya atención corresponda a la empresa colaboradora conforme al convenio o concierto suscrito", y para cubrir los "accidentes de trabajo o enfermedades profesionales a cargo de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina".

De igual modo, se someterán a esta orden los seguros obligatorios de los deportistas federados y profesionales, de vehículos de motor, de viajeros, de caza y "cualquier otro seguro obligatorio", así como "convenios o conciertos con otros organismos o entidades".

También, ciudadanos extranjeros; en concreto, "asegurados o beneficiarios en un Estado miembro de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo y Suiza, no residentes en España, en los supuestos y condiciones establecidos en los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social", y "asegurados o beneficiarios de otros países extranjeros, no residentes en España, en los supuestos y condiciones establecidos en los convenios bilaterales en materia de Seguridad Social suscritos por España".

Otros supuestos "obligados al pago" de los servicios incluidos en esta orden tienen que ver con los "accidentes acaecidos con ocasión de eventos festivos, actividades recreativas y espectáculos públicos en caso de que se haya suscrito contrato de seguro de accidentes o de responsabilidad civil que cubra las contingencias derivadas de estas actividades", así como con el "seguro escolar" y con "cualquier otro supuesto en que, en virtud de normas legales o reglamentarias, el importe de las atenciones o prestaciones sanitarias deba ser a cargo de las entidades o terceros correspondientes".

Un nuevo acuerdo en el Consejo de Gobierno

En el texto con el que trabaja la Junta, consultado por Europa Press, se justifica la necesidad de "adoptar un nuevo acuerdo del Consejo de Gobierno que determine los servicios, actividades y entrega de bienes sanitarios susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos que podrán percibir el Servicio Andaluz de Salud o los entes adscritos a la Consejería competente en materia de Salud", habida cuenta de los "cambios" que se han registrado en el sistema sanitario público andaluz desde la última actualización al respecto, en el año 2005.

Desde el Gobierno andaluz entienden que la fijación del importe de los precios públicos de los servicios sanitarios que se recojan en esta orden deberá "establecerse, con carácter general, a un nivel que, como mínimo, cubra el coste total de la prestación del servicio, la realización de la actividad o la entrega del bien, debiendo tenerse además en cuenta la utilidad derivada de la prestación administrativa para la persona interesada".

"Para la determinación de dicho importe se tendrán en cuenta los costes directos e indirectos del bien, servicio o actividad, inclusive los de carácter financiero, amortización de inmovilizado y, en su caso, los necesarios para garantizar el mantenimiento y el desarrollo razonable del citado servicio, actividad o bien por cuya prestación, realización o entrega se exige el precio público", razona también la orden en la que trabaja la Junta.

Así las cosas, esta orden se estructura en dos anexos, de forma que en el primero se recogen "los servicios, actividades y bienes de naturaleza sanitaria susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos" establecidos por un acuerdo de Consejo de Gobierno, mientras que en el segundo quedarán "fijados los precios públicos correspondientes a éstos", cuyas cuantías, expresadas en euros, "incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en aquellos supuestos que estén sujetos al impuesto y no gocen de exención".

Los precios

De esta manera, en el segundo anexo de este proyecto de orden se detallan los precios públicos propuestos para servicios sanitarios prestados en centros de Atención Primaria y en centros hospitalarios, así como para procedimientos diagnósticos y terapéuticos, transporte sanitario, servicios sanitarios prestados en centros de transfusión sanguínea, bancos de sangre y bancos de tejidos, y "otros servicios y prestaciones".

Entre los precios planteados por la Junta en este borrador de orden figuran el de 53,51 euros que se propone tanto para una consulta programada como para una atención de urgencia en un centro de Atención Primaria, así como el de 160,52 euros en el que se cifra, en el nivel de la Atención Primaria, tanto una consulta programada domiciliaria como una atención de urgencia fuera del centro de salud.

Además, una sesión de fisioterapia o rehabilitación en un centro de atención primaria se pretende cobrar a 38,37 euros, y fuera del centro a un coste de 115,10 euros, y para una consulta de Atención Primaria de cirugía menor ambulatoria se propone un precio de 160,52 euros.

La relación de servicios sanitarios detallada en los anexos de la orden es exhaustiva y se prolonga por más de 140 páginas del proyecto. Entre ellos se incluyen también, por ejemplo, los precios de días de estancia de hospitalización médica -771,43 euros-, quirúrgica -1.362,04 euros- y en Unidad de Cuidados Intensivos, que se cifra en 1.984,90 euros, así como los de una sesión de diálisis -para la que se plantean 161,02 euros- y de quimioterapia, con un precio propuesto de 262,89 euros.

En el apartado de procedimientos diagnósticos y terapéuticos figuran, entre otros muchos, los precios propuestos para una autopsia -2.444,53 euros-, una ecoendoscopia -631 euros- y distintos tipos de biopsia a razón de 197,39 euros cada uno.

Finalmente, el proyecto de orden aclara que los precios establecidos en esta resolución "serán objeto de revisión anual, y si procedieran modificaciones de las cuantías de los mismos, se realizarán de conformidad con las previsiones que, en orden a la fijación y modificación de las cuantías de los precios públicos, establecen los artículos 5, 25 y 26 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía".

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