Medidas Covid en Andalucía en vigor: siete días de aplicación y una única revisión semanal

Los jueves es el día elegido para revisar los datos y la entrada en vigor se produce al día siguiente de su publicación en el BOJA

La Junta prohíbe la venta de alcohol a partir de las 18:00

Coronavirus Andalucía: ¿Qué se puede hacer en cada municipio de la comunidad?

Comparecencia Juanma Moreno en Córdoba
R. D.

11 de febrero 2021 - 11:05

Juanma Moreno, ha presidido en Córdoba la reunión del Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto (Comité de Expertos) y tras ella ha comparecido para anunciar las nuevas medidas contra el Covid-19 en Andalucía.

Moreno ya anticipó esta semana la reunión del conocido como comité de expertos de Andalucía para, en virtud del descenso de los contagios de coronavirus en Andalucía, rebajar las medidas establecidas contra la pandemia en el territorio andaluz.

En ese sentido, el presidente de la Junta de Andalucía informó de que se estudiaban dos modificaciones a las actuales restricciones contra el Covid-19 en la comunidad en base a la caída de los contagios y de la incidencia acumulada en algunos municipios, la revisión semanal de los datos de incidencia acumulada y un periodo de siete días de cumplimiento tras la aplicación de las medidas.

El resto de medidas contra la Covid-19 en Andalucía mantienen las siguientes restricciones:

Única revisión semanal de la incidencia

El presidente de la Junta ha anunciado finalmente que en Andalucía las medidas pasan a revisarse en una única reunión semanal que se llevará a cabo los jueves y se aplicarán desde el día siguiente a su publicación en BOJA pasando a tener una duración de 7 días frente a los 14 actuales.

Las restricciones de movilidad y apertura de actividades en base a esa revisión se mantienen como hasta ahora: aquellos municipios que superen la tasa de incidencia de los 500 casos por cada 100.000 habitantes quedarán confinados perimetralmente y los que superen la incidencia de los 1.000 casos deberán cerrar las actividades no esenciales durante siete días.

Siete días de aplicación antes de revisar las medidas

La otra medida sobre la que el Consejo Asesor de Alertas se ha pronunciado es la de reducir a siete días el periodo que debe transcurrir para que un municipio que supere la tasa de incidencia acumulada de 500 casos confirmados de Covid-19 por 100.000 habitantes, que implica el cierre perimetral de la localidad, o que rebase la tasa de 1.000 contagios, que es cuando la Junta decreta la suspensión de su actividad no esencial, pueda salir de las restricciones vinculadas a esas tasas si esta desciende de esas cifras. Actualmente ese periodo es de 14 días.

Prohibido vender alcohol después de las 18 horas

Tras su comparecencia en Córdoba, Juanma Moreno ha compartido un hilo en su perfil de Twitter en el que añadía a las dos modificaciones presentadas, nuevas medidas contra el coronavirus en Andalucía. La primera de ellas es prohibir la venta de la alcohol a partir de las 18 horas.

Tras mantenerse el cierre de la hostelería a partir de las 18:00, la Junta prohíbe ahora la venta de alcohol también en los negocios que permanecen abiertos después de esa hora, para evitar el consumo en la calle y "reforzar el respeto a las limitaciones", según ha compartido el presidente en Twitter.

Sobre las residencias de mayores se restablecerán de nuevo las salidas y visitas en estos centros siempre que hayan pasado al menos siete días de la segunda dosis de vacuna y deben seguir manteniéndose las medidas de protección y prevención

El resto de medidas en Andalucía se mantienen vigentes, como el toque de queda entre las 22 horas y las 6 horas, la restricción perimetral de toda la comunidad autónoma, la restricción perimetral entre provincias, el límite de cuatro personas en todo tipo de reuniones y grupos, incluido la hostelería y el cierre de actividad comercial, negocios y hostelería a las 18 horas.

Movilidad limitada

Andalucía se mantiene cerrada perimetralmente y sólo se podrá entrar y salir de la comunidad por causas justificadas. Se mantiene igual la limitación de movilidad a la provincia, aunque con la revisión permanente por si hubiera que limitarla a nivel municipal en algún momento.

El cierre perimetral de los municipios en Andalucía alcanza a aquellas que presentan actualmente una tasa de contagio superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes.

Toque de queda

La limitación de todo movimiento en una franja horaria salvo las excepciones contempladas, el conocido como toque de queda, no ha sufrido modificación alguna: se mantiene vigente entre las 22 y las 6 horas en toda Andalucía independientemente del nivel de alerta de cada municipio.

Cierre de las actividades no esenciales

En lo que respecta a la actividad económica, se mantiene con carácter general el cierre de todos los negocios no esenciales a las 18:00.

Respecto a los negocios de hostelería que preparen comidas para llevar, los ciudadanos podrán recoger pedidos en ellos hasta las 21:30, encargarlos por teléfono hasta las 22:30 y recibirlos a domicilio hasta las 23:30.

Aquellas localidades que se encuentren en nivel cuatro, grado dos, deberán cerrar toda actividad comercial no esencial, incluyendo la hostelería y el ocio.

Las reuniones quedan limitadas a 4 personas incluidas las que se celebren en bares y restaurantes. Hasta ahora sólo se ha recogido la excepción para los velatorios y entierros, a los que podrán asistir las personas que permita el nivel de alerta decretado para cada municipio de Andalucía. El mismo límite se establece para las reuniones en el ámbito privado.

Cómo se decretan las medidas en los municipios de Andalucía

Los comités territoriales de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizan un seguimiento continuo de la situación epidemiológica en sus provincias e informan sobre la necesidad de mantener o modular los niveles de alerta y sus grados según el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas.

A partir de ahora se reunirán cada jueves para evaluar la situación de los municipios. Si uno baja de 1.000 o de 500 casos, se podrán relajar las medidas, siempre que hayan transcurrido siete días desde que se aplicaron.

Igualmente, si una localidad pasa de una incidencia de más de 500 a más de 1.000 casos, podrá pasar de grado 1 a grado 2, aunque no hayan transcurrido siete días. En estos casos, el plazo de siete días empezará a contar de nuevo desde el día en que entró en vigor el grado 2.

Andalucía tiene una incidencia acumulada considerada de riesgo aún, tras haber alcanzado su pico con 952,2 casos el 2 de febrero. Desde entonces la tasa está en descenso al haberse notificado menos contagios en las ocho provincias andaluzas.

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