Griñán y otros tres ex altos cargos se oponen a prolongar la causa de los ERE otros 18 meses

Considera que ampliar la instrucción "echa por tierra" el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y supone "no poner el freno al vértigo" que el caso ha producido en varias ocasiones.

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Griñán y otros tres ex altos cargos se oponen a prolongar la causa de los ERE otros 18 meses
Jorge Muñoz

18 de enero 2016 - 10:11

El ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y otros tres ex altos cargos se han opuesto a la petición de la Fiscalía Anticorrupción para declarar la causa de los ERE como de "especial complejidad", lo que supondría ampliar la instrucción como mínimo otros 18 meses, algo que consideran "echa por tierra" el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y supone, además, "no poner el freno al vértigo" que este procedimiento "ha producido en varias ocasiones de su andadura".

Así lo explica el abogado José María Mohedano, que representa al ex presidente de la Junta y a otros tres ex altos cargos –el ex viceconsejero de Economía José de Haro Bailón y los ex directores generales de Presupuestos Antonio Vicente Lozano y Buenaventura Aguilera-, en un escrito remitido al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla. El letrado solicita a la juez María Núñez Bolaños que rechace la petición de la Fiscalía Anticorrupción de declarar el sumario de los ERE como causa de "especial complejidad".

En el escrito, Mohedano señala que aunque la pieza separada para la investigación del denominado "procedimiento específico" por el que se concedían las ayudas sociolaborales y directas a empresas se abrió el pasado 18 de noviembre, la instrucción comenzó el 19 de enero de 2011, por lo que hasta el próximo mes de junio se habría prolongado por espacio de cinco años y medio, tiempo en el que, precisa, "se han practicado numerosísimas investigaciones y toda clase de diligencias una veces testificales y otras de pericias hasta agotar todo el elenco previsto en la ley de Enjuiciamiento Criminal".

La defensa de Griñán recuerda que el derecho de cada ciudadano a tener un juicio dentro de un "plazo razonable" está incluido en el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el artículo 24 de la Constitución Española, y añade que la "excesiva prolongación de un proceso penal, aunque haya sido complejo antes de la división en piezas, pone en cuestión la efectividad y credibilidad de la Justicia y, sobre todo, debe evitarse que un acusado permanezca mucho tiempo en estado de incerteza".

El plazo de duración de un proceso empieza a discurrir desde el momento en que una persona es investigada o imputada o incluso antes, "cuando viene sustancialmente afectada por un proceso criminal en curso, tal y como sucede con varios de los imputados en esta causa que se vieron notablemente perjudicados y afligidos pública y privadamente por la misma aunque todavía no habían sido oficialmente citados por la jurisdicción penal", señala el letrado, en alusión a los ex presidentes y otros que en su día también estuvieron aforados.

Por todo ello, la defensa concluye que la prórroga de la instrucción por otros 18 meses más "echa por tierra el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas, extremo que es necesario advertir porque los retrasos desde este momento ya no podrán atribuirse a la complejidad de la causa, dado que después de cinco años de instrucción continuar con diligencias que no clarifican lo sucedido ni encuentran utilidad sólo consiguen desvirtuar radicalmente el sentido de la instrucción durante 18 meses más con la práctica de un cúmulo de diligencias, muchas de ellas repetitivas como hemos comprobado en alguna de las últimas declaraciones, en absoluto imprescindibles para la clarificación jurídico-penal de los hechos y la determinación de sus presuntos autores".

Mohedano insiste en que si después de cinco años de análisis jurídicos y pruebas periciales sobre el denominado procedimiento específico y el delito de prevaricación este tiempo es poco para declarar conclusa la investigación y abrir juicio oral en el menor plazo posible, supone "no poner el freno al vértigo que este procedimiento ha producido en varias ocasiones de su andadura".

La defensa del ex presidente entiende que la Fiscalía debería haber propuesto, en su caso, no ampliar la investigación sino la práctica de las diligencias que "a estas alturas consideraba imprescindibles para dar por concluida la causa de manera inmediata y entre las que indudablemente se encuentran la de los imputados que todavía no han declarado en condiciones de tales pero, naturalmente, no repetir la de quienes ya han declarado exhaustivamente", subraya.

Por último, recuerda la circular 5/2015 de la Fiscalía General del Estado sobre los plazos máximos de la fase de instrucción para poner de manifiesto que en este caso "no parece que se atengan a las prescripciones de la circular la prórroga durante 18 meses más, cuando los hechos punibles se circunscriben a un delito de prevaricación y todos los imputados están relacionados con el mismo procedimiento específico relacionado con la interpretación legal de la elaboración, gestión y fiscalización del presupuesto de la comunidad autónoma de Andalucía".

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