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El Gobierno observa "dudas" sobre la legalidad del decreto de vivienda

La Abogacía del Estado estudia la constitucionalidad del texto Griñán incide en que hay "precedentes" para las expropiaciones El PSOE pide que se incluya en la ley nacional

Soraya Sáenz de Santamaría conversa ayer con periodistas al término de la rueda de prensa del Consejo de Ministros.
Antonio Fuentes Sevilla

13 de abril 2013 - 05:04

La entrada en vigor del decreto de la Junta sobre la función social de la vivienda originó el primer avance del Gobierno del PP sobre un posible recurso de inconstitucionalidad que provocaría la inmediata paralización de las medidas. La vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, atisbó esa posibilidad al referirse a las expropiaciones temporales de las viviendas de los bancos para evitar la exclusión de los desahuciados, una disposición adicional que ocupa folio y medio de un decreto de 24 páginas, pero que es una de sus medidas más polémicas junto a las multas a las entidades financieras que mantengan vacías sus casas.

La Abogacía del Estado está estudiando la constitucionalidad del texto andaluz, según las fuentes. La propia Sáenz de Santamaría reconoció ayer que hay "dudas" sobre su constitucionalidad porque afecta al derecho de la propiedad privada y agregó que los ministerios de Fomento y Justicia están analizando el texto. Horas antes, el PSOE había presentado esta fórmula como enmienda del proyecto de Ley Antidesahucios que está en tramitación parlamentaria en el Congreso.

También antes de las "dudas" de la vicepresidenta, el presidente de la Junta, José Antonio Griñán, defendió que existen "precedentes constitucionales y legislativos" para la expropiación temporal de uso que establece el decreto ley y rechazó "polémicas" al respecto. El presidente del PP andaluz, José Ignacio Zoido, señaló que su partido "no ha contemplado" ni "debatido" la posibilidad de un recurso por parte del Gobierno de la Nación y expuso que el PP-A mejoraría el texto con enmiendas durante el trámite parlamentario.

No obstante, la Junta daba por sentado que el Gobierno estudiaría este recurso e incluso que lo recurrirá, pero insiste en la legalidad de contrastar el derecho de la propiedad que recoge la Constitución Española con el también constitucional derecho a la función social de la propiedad. Ésta es la base en la que se sustenta este decreto para embargar las viviendas a los bancos en casos de extrema necesidad con el fin de evitar la marginación de los desahuciados.

Sáenz de Santamaría no obstante llegó a retar al líder del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, a señalar qué "ventajas" tiene el decreto andaluz con el aprobado por el Gobierno a mediados de noviembre, por el que se da una moratoria de dos años (hasta noviembre de 2014) a los desahuciados que cumplan una serie de requisitos.

La diferencia fundamental es que el decreto entiende la vivienda como un fin social. Éste es un cambio sustancial, revolucionario, nunca contemplado antes, y que por eso tiene su complejidad legal. Para el Gobierno central se puede proteger a los desahuciados sin necesidad de quitarles (temporalmente) las viviendas a los bancos.

El decreto de la Junta comparte buena parte de los requisitos para beneficiarse de esta protección, aunque hay algunas diferencias. Porque el Gobierno garantiza que permanezcan en sus casas los deudores hipotecarios "especialmente vulnerables", con unos criterios muy restrictivos, mientras la Junta pide un informe de los servicios sociales de los ayuntamientos que acrediten el riesgo de exclusión. Para la Junta, si hay una "especial vulnerabilidad" como la que exige el Gobierno (familias con menores, mayores dependientes, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, personas desempleadas y, se incluye, los que habitan en viviendas protegidas) se les da un orden preferente en la tramitación, pero no es obligación como requiere el Gobierno.

La Junta, al basarse en el subjetivo criterio de los servicios sociales, amplía la protección, por ejemplo, en situaciones de toxicomanías, inmigración, minorías étnicas o analfabetismo, sin necesidad de ser familia numerosa, madre o padre solteros con dos hijos, tener bebés o discapacitados en la familia.

Sí que coinciden los decretos en los requisitos económicos, como que los beneficiarios no cobren más de tres veces el Iprem (1.600 euros al mes) o que el esfuerzo para aumentar la hipoteca se haya multiplicado por 1,5 y que se dedique más de la mitad de los ingresos a pagar la hipoteca (la Junta pone un tercio).

Los beneficiados de la Junta sí sin que tienen que pagar un 25% para sufragar el justiprecio abonado a los bancos.

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