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El Constitucional tumba la competencia de la Junta sobre el río Guadalquivir

La sentencia del tribunal anula de facto la transferencia de la Confederación Hidrográfica a Andalucía, aunque Griñán negociará con el Gobierno central "otras fórmulas" para mantener la gestión del río

Juan M. Marqués Perales / Sevilla

16 de marzo 2011 - 14:18

Por si la propia redacción de la Constitución no lo dejaba meridianamente claro, el tribunal encargado de velar por el cumplimiento de la Carta Magna lo ha escrito negro sobre blanco y con la unanimidad de sus magistrados. La competencia sobre los ríos que transcurren por más de una comunidad autónoma corresponde en exclusiva al Estado, por lo que el Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el artículo del Estatuto andaluz que mantenía casi lo contrario. El artículo 51 del nuevo Estatuto, aprobado por todos los partidos del arco parlamentario andaluz y refrendado en las urnas, dictaba que era la Junta la institución que ostentaba la competencia sobre las aguas del Guadalquivir que pasan por la comunidad, un artículo que permitió que en enero de 2009 la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y la mayor parte de su personal se integrase en la Agencia Andaluza del Agua. Ayer, el Constitucional declaró no conforme a la norma el artículo 51, lo que de facto también anula la transferencia de la Confederación. Así se abre un serio problema para solucionar esta integración. 704 trabajadores de la CHG son empleados, ahora, de la Junta.

A ello se refirió ayer el presidente del Gobierno andaluz, José Antonio Griñán, que realizó una declaración institucional al poco de conocerse el fallo. Griñán señaló que "hay margen de legalidad constitucional" para que la Junta de Andalucía pueda gestionar el río. Aunque el presidente no lo citó, la única opción abierta es la del artículo 150.2 de la Constitución; esto es, que el Gobierno delegue o transfiera la gestión, siempre bajo la consideración de que la titularidad es estatal. Esto se debería materializar mediante una ley orgánica, aunque también tendría que contar con el apoyo, al menos explícito, de la Junta de Extremadura, ya que, de no ser así, podría llevar la nueva norma otra vez al Tribunal Constitucional.

La sentencia, redactada por el magistrado Javier Delgado, aún no se conoce, por lo que Griñán prefirió esperar a conocer el contenido para explicar cuál será su hoja de ruta. No obstante, se reunirá con el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para abordar este asunto, y también lo llevará a la Comisión Bilateral entre Andalucía y el Estado.

La respuesta del tribunal obedece al recurso de inconstitucionalidad que presentó la Junta extremeña, presidida entonces por Rodríguez Ibarra. Su sucesor, Guillermo Fernández Vara, la mantuvo ante la certeza de que parte de la cuenca del Guadalquivir, un 2,4%, se encuentra en su comunidad. Otras comunidades, como la de Castilla-La Mancha, con un 7,1% de la cuenca, o Murcia, optaron por abstenerse.

A falta de detalles sobre la sentencia, el hecho clave para entender la opinión del Constitucional es su propia jurisprudencia del tribunal, que aboga por no dividir la gestión de las cuencas, según una sentencia de 1988 relativa a la Ley de Aguas. La 227/1988 del TC aboga por utilizar la cuenca hidrográfica como unidad de gestión de los recursos hídricos. "El criterio de la cuenca hidrográfica -explica el TC en esa sentencia-, como unidad de gestión que permite una administración adecuada de los recursos hídricos que la integran [...] es manifiestamente supracomunitario cuando la cuenca se extiende al territorio de más de una comunidad autónoma". Este concepto, el de la unidad de la cuenca y no el de la identificación del río con el cauce, es el que usa la Comisión Europea, y es el que esgrimió Extremadura para defender su indivisibilidad.

Cuando se redactó el Estatuto, los recelos fueron evidentes por parte del Ministerio de Medio Ambiente y de los directivos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Fue IU el grupo que logró convencer al PSOE en Andalucía para que introdujese ese precepto, a pesar de las dudas. De ahí, la consulta que se elevó al Consejo Consultivo andaluz, que finalmente dio el visto bueno. Una vez asumido por el PSOE, en el Congreso se añadió que la coletilla de que las competencias eran andaluzas "sin perjuicio de lo previsto en el artículo 149.1.22. de la Constitución" y se eliminó una disposición que transfería la Confederación Hidrográfica, porque no podía ser una competencia exclusiva y transferida a la vez.

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