VANDALISMO
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Bolaños levanta la fianza de 4,2 millones impuesta a Griñán y la de los otros ex altos cargos

Caso de los ERE

La juez justifica su decisión en que la Junta, "la perjudicada" por los hechos, se ha reservado el ejercicio de las acciones civiles en caso de condena

María Núñez Bolaños. / José Ángel García
Jorge Muñoz

23 de febrero 2017 - 11:01

La juez María Núñez Bolaños, que investiga el escándalo de los ERE fraudulentos, ha decidido levantar la fianza de 4,2 millones impuesta por el magistrado de refuerzo Álvaro Martín al ex presidente de la Junta José Antonio Griñán en el auto de apertura de juicio oral de la pieza del denominado “procedimiento específico” de los ERE, y ha hecho lo mismo con las otras fianzas exigidas en su día a los 26 ex altos cargos procesados.

La decisión de la instructora se produce después de que los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía, personada como acusación particular en la causa, comunicasen al juzgado la reserva de las posibles acciones civiles, es decir, que en el caso de que haya condena ejercerá las responsabilidades civiles contra los presuntos responsables que fuesen condenados. En concreto, la Junta presentó un escrito manifestando que “se reserva expresamente la acción civil para ejercitarla ante la jurisdicción competente, una vez finalizado el juicio penal, si a ello hubiere lugar”, por lo que solicita a la instructora que se “tenga por hecha la reserva expresa de esta parte en orden al ejercicio de la acción civil”.

Tras este escrito, la juez María Núñez Bolaños ha dictado sendos autos en los que levanta las medidas cautelares que en su momento se dictaron contra algunos de los 26 ex altos cargos acusados y en concreto las que Álvaro Martín acordó en el auto de apertura de juicio oral, donde fijó una fianza de responsabilidad civil de 4.214.702 euros para José Antonio Griñán y la misma cantidad para la ex consejera de Economía Carmen Martínez Aguayo; de 6.229.108 euros al ex consejero de Empleo José Antonio Viera; y de 3.763.332 euros al ex consejero de Innovación Francisco Vallejo.

En el auto en el que acuerda “archivar” la pieza de responsabilidad civil abierta en el caso del ex presidente Griñán, Bolaños analiza tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional, así como los artículos 108 a 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal donde se contempla el ejercicio de las acciones penales y civiles en el marco del proceso penal, y explica que “sólo en el caso de que el perjudicado opte por reservarse la acción civil para su ejercicio en el correspondiente proceso en esa jurisdicción será posible una separación de las dos acciones”.

Dice la juez que la Junta de Andalucía, “el perjudicado” por el caso de los ERE fraudulentos, ejercitó inicialmente como acusación particular la acción penal y “en consecuencia se entendía ejercitada también la acción civil, conforme al artículo 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

Pero como quiera que la Junta pidió el archivo de la pieza del procedimiento específico de los ERE, la juez considera que ha manifestado su “postura procesal de no ejercer la acción penal”, por lo que debía “aclarar su posición en el ejercicio de la acción civil y si renunciaba o se reservaba el derecho a ejercitarla después de terminado el proceso penal, supuesto en el cual no cabe el ejercicio de la acción civil por el Ministerio Público ni por supuesto por otra acusación distinta al perjudicado”.

Al haber realizado esa reserva de la acción civil, Bolaños concluye que procede el archivo de todas las piezas de responsabilidad civil que se hayan abierto a cada uno de los 26 ex altos cargos enjuiciados en la pieza del “procedimientos específico”, todo ello sin perjuicio de su “mantenimiento para garantizar la responsabilidad civil derivada de hechos investigados en otras piezas si ello fuera procedentes, es decir, si el investigado lo fuera en las diligencias previas 174/11 [el ramo principal de los ERE] u otras diligencias previas derivadas de la división de la 174/11, todo ello de conformidad” con los artículos mencionados de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De esto, se desprende que se mantendrán las medidas cautelares y los embargos trabados a algunos de los ex altos cargos que están imputados en otras piezas distintas a la “política”, como es el caso del ex consejero de Empleo Antonio Fernández, a quien la anterior instructora Mercedes Alaya fijó una fianza civil de 807 millones de euros, o al ex director general de Trabajo Javier Guerrero, de 686 millones. En total, Alaya impuso fianzas por el caso de los ERE por importe de más de 3.000 millones, una cifra que triplica la cantidad fijada por el Ministerio Público en concepto de indemnizaciones para la Hacienda Pública andaluza.

La Fiscalía Anticorrupción, que solicita una condena de seis años de cárcel para Griñán, cifra el presunto fraude de los ERE en 741 millones, cantidad que se corresponde con la totalidad de las ayudas sociolaborales concedidas por la dirección general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo en el periodo comprendido entre los años 2000 y 2010, correspondientes a las partidas presupuestarias 31L y 22E, y que según el Ministerio Público deben devolver de forma solidaria los 18 ex altos cargos que están acusados por un delito de malversación de caudales públicos.

La Junta de Andalucía solicitó en octubre pasado el archivo de la pieza del denominado “procedimiento específico” de los ERE, en la que están procesados los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, al entender que ni hay "trama criminal" ni se creó un procedimiento concreto para eludir los controles de la Intervención General y conceder de forma arbitraria las ayudas de los ERE.

Con esta doble argumentación, la Junta de Andalucía, que ejerce la acusación particular en la causa, solicitó el archivo de esta pieza, al estimar que no puede sostenerse una acusación contra los ex presidentes ni contra el resto de ex altos cargos procesados, a los que la Fiscalía ha solicitado penas de prisión e inhabilitación.

La acusación particular considera que la tesis sostenida en el auto del 31 de mayo de 2016 dictado por el juez de refuerzo Álvaro Martín –que procesó a los 26 ex altos cargos- y en el informe elaborado por los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), a los que critica con vehemencia, "parte de la existencia de una trama criminal, que no consideramos acreditada de acuerdo con las diligencias de prueba acordadas en las actuaciones, que implicaría, durante más de diez años, la concertación por centenares de personas intervinientes en procedimientos, procesos y decisiones distintos, y sin relación entre sí, para la asignación arbitraria de fondos públicos, de los que se han seleccionado, no sabemos según qué criterios, menos de una treintena de personas”.

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