Anticorrupción recurre para que se imponga una fianza civil de 205 millones a una ex asesora de Empleo
Caso ere
No entiende que Alaya no impusiera medida cautelar alguna por su colaboración a María José Rofa, que no declaró ante la juez y entregó una documentación cuya relevancia se desconoce.
La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso contra la decisión de la juez Mercedes Alaya de no imponer ninguna medida cautelar a la ex asesora de la Consejería de Empleo María José Rofa y, en contra del criterio de la instructora, ha reclamado que se fije una fianza de 205 millones de euros para hacer frente a las posibles responsabilidades civiles.
En un escrito remitido al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, el Ministerio Público anuncia la presentación de un recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla, al considerar que los argumentos utilizados por la instructora para no imponer ninguna fianza a María José Rofa “pueden y deben ser rotundamente rechazados, por no ajustarse a la realidad”.
Alaya comparó el caso de la ex asesora de Empleo con los del ex interventor general de la Junta Manuel Gómez Martínez y el ex jefe de servicio de la Dirección General de Trabajo Antonio Diz-Lois al estimar que sobre estos dos imputados no se habían solicitado medidas cautelares siguiendo el “criterio reciente” del Ministerio Fiscal, así como que la posición de Rofa era muy próxima a la de Diz-Lois y además debía “valorarse positivamente” la contribución de la ex asesora para el esclarecimiento de los hechos, al haber aportado diversa documentación.
La Fiscalía Anticorrupción señala que, a la espera de los informes de seguimiento de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, se desprende de forma indiciario y provisional “una participación activa de la señora Rofa en la tramitación de los pagos y en el conocimiento del procedimiento específico superior al resto de imputados con los que se compara por parte de la magistrada”.
Para la Fiscalía, “dificilmente puede hablarse” de la contribución de la imputada al esclarecimiento de los hechos cuando Rofa “se acogió a su derecho a no declarar, negándose pues a contestar a pregunta alguna y limitándose a ratificar la declaración prestada ante la Guardia Civil, no permitiendo a esta Fiscalía profundizar en determinadas materias que son objeto de la presente instrucción y de las que, atendiendo al propio contenido de su declaración policial, debería contar con datos y documentos de sumo interés”.
En esta línea, el fiscal dice que la relevancia de la documentación aportada por Rofa “prácticamente se desconoce” pues tan sólo “una mínima parte de los mismos fue incorporada al atestado por la Guardia Civil y, en cualquier caso, entiende que la colaboración o no con la acción de la Justicia “no puede devenir, en el estado actual de la causa, en una situación que proporcione con respecto al resto de imputados la posible elusión de las medidas cautelares de naturaleza real”. La Fiscalía reconoce que un comportamiento “activo y sincero” de colaboración puede condicional la imposición o variación de las medidas de naturaleza personal en fase de instrucción -las que se refieren por ejemplo a su ingreso o no en prisión provisional-, “pero no aquellas que supongan la no exigencia del necesario reintegro de los fondos públicos que por un 'hacer' o 'no hacer' han sido presuntamente malversados, sin perjuicio como es lógico de que dicha responsabilidad civil se aminore por el reintegro de los perceptores finales de los mismos y de las consecuencias en fase de enjuiciamiento del comportamiento del ya acusado o procesado”.
Anticorrupción también descarta una posición próxima de Rofa a los otros dos imputados mencionados y señala que no se solicitó adopción de medida cautelar para el ex interventor y el otro alto cargo “atendiendo al resultado de las diligencias de instrucción que constan en el estado actual de la causa y sin perjuicio de instar su adopción si así resultase de la valoración de las diligencias de instrucción acordadas y no practicadas a la fecha”, en alusión al informe pericial encomendado a la Intervención General del Estado o la documentación solicitada recientemente a la Cámara de Cuentas, entre otras.
Por último, la Fiscalía recuerda que Rofa fue citada a declarar el 6 de julio de 2012, por lo que “inexplicablemente han pasado más de 14 meses hasta que la magistrada ha tomado una decisión, plasmada en la resolución que ahora se recurre”, un retraso en la resolución que para la Fiscalía resulta “extraño” dado que, a su juicio, no aparece ninguna causa en el devenir de las actuaciones “que justifique tal tardanza y la magistrada tampoco menciona causa alguna en el auto ni da explicación sobre el hecho”.
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