Anticorrupción recurre la decisión de Alaya de investigar al Parlamento andaluz por los ERE
Caso de los ERE
La Fiscalía argumenta que la Intervención del Estado "no tiene ni competencias ni funciones sobre la labor encomendada a las Cámaras legislativas".
Sevilla/La Fiscalía Anticorrupción ha decidido recurrir el auto en el que la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ordenó a los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado que informen sobre "qué pudo conocer" la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz -actual Comisión de Hacienda y Administración Pública- "sobre las irregularidades que se estaban produciendo en la concesión de subvenciones sociolaborales al margen de la Intervención General".
En su auto, la juez Mercedes Alaya pidió a la Junta los diarios de sesiones del Parlamento de la sesión plenaria en la que se aprueben los presupuestos anuales entre 2001 y 2010; los diarios de sesiones de la Comisión de Economía y Hacienda en este mismo marco temporal, y la "acreditación" de que la Consejería de Hacienda y Administración Pública "haya remitido al Parlamento, con la periodicidad trimestral que exigen las distintas leyes de presupuestos, los expedientes de modificaciones presupuestarias del programa 31.L de la Consejería de Empleo, desde el año 2000 hasta la actualidad".
En el recurso de apelación interpuesto ante la Audiencia Provincial de Sevilla, el Ministerio Público recurre la decisión de la juez Mercedes Alaya porque, en primer lugar, entiende que la Intervención General "no tiene ni competencias ni funciones sobre la labor encomendada a las Cámaras legislativas, ni estatal ni autonómicas, estando dicha materia fuera del ámbito de competencias y funciones definidos" en el artículo 11 del Real Decreto 256/2012 de 27 de enero por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por este motivo, Anticorrupción considera que la solicitud de la juez "no es ajustada a Derecho", mientras que, en segundo lugar, recurre el auto al no estar de acuerdo tampoco con la "finalidad" por la que se acuerda la pericia, que fue acordada por Alaya después del escrito presentado al respecto por Juan Carlos Alférez, abogado del exdirector general de IDEA Jacinto Cañete.
En este sentido, la Fiscalía considera "comprensibles" las peticiones realizadas por el letrado de este ex alto cargo, ya que "se trata de poner de manifiesto el posible conocimiento por las instituciones de la Comunidad Autónoma del uso de las transferencias de financiación y la finalidad dada a los fondos públicos con que se dotó a la Consejería de Empleo, en este caso, centrándose en la Comisión del Parlamento andaluz y en este mismo Parlamento en cuanto a la aprobación del presupuesto y el examen y aprobación de la Cuenta General" de la Comunidad.
No obstante, el Ministerio Público muestra su "disconformidad" con la "finalidad" por la que la juez acuerda la pericia y dice que "esta línea argumental nos podría llevar a interesar en la presente instrucción cualquier acto parlamentario relativo a los conflictos sociolaborales que subyacen en los pagos efectuados mediante el denominado 'procedimiento específico', pretendiendo con ello bien amparar la actuación de los ahora imputados bajo la confianza en su legítimo actuar al amparo del hacer parlamentario, bien arrojar indicios de la necesaria cooperación, por acción u omisión, de los diputados en su realización".
Así, asevera que "basta citar algunas de las funciones que se le encomiendan" al Parlamento en el artículo 106 del Estatuto de Autonomía para, "con base en las mismas, interesar todos los actos desarrollados en el Parlamento" a fin de "localizar si, en algunos de ellos, se pudo conocer y se conoció el uso de las transferencias de financiación como mecanismo que, en el presente caso, facilitó un notorio menoscabo de los fondos públicos en los programas 22E y 31.L".
"De existir dichos actos, si cualquiera de las defensas de los hasta la fecha imputados entendiesen que justifican o amparan la actuación, indiciariamente delictiva puesto que estamos en fase de instrucción, de sus patrocinados, debieran aportarlo a las actuaciones de forma precisa y atendiendo al hecho objeto de la imputación" para que pueda ser valorado por la juez y las acusaciones, asevera la Fiscalía.
Asimismo, hace referencia al artículo 101 del Estatuto de Autonomía andaluz, según el cual "los diputados gozarán, aún después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo", y señala que este artículo "hace inoperante cualquier investigación que, aunque entendemos que no se acuerda en el auto apelado, pudiera derivarse sobre la participación de los diputados en las sesiones cuyas actas se reclaman".
En su recurso, Anticorrupción señala, por último, que, según el artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la pericia "se acordará cuando para conocer o apreciar algún hecho o circunstancia importante en el sumario, fuesen necesarios o convenientes conocimientos científicos o artísticos", indicando al respecto que "no entendemos cuáles son esos especiales conocimientos científicos que se han de poseer para concluir del estudio de la documental el posible conocimiento de los parlamentarios -ciudadanos a los que no se exige una cualificación especial- de los aspectos que se han señalado".
Y ello, añade, "porque entendemos que con una detallada lectura de las sesiones --numerosas y extensas en cuanto a las materias que tratan-- se puede tener el conocimiento de si en ellas se ha abordado o no alguna cuestión relacionada con las transferencias de financiación del programa 31.L o de si se ha puesto de manifiesto por algún parlamentario que hubiera irregularidades en la concesión de las 'subvenciones' sociolaborales".
Por todo ello, recurre la decisión de la magistrada y pide a la Audiencia Provincial la estimación del recurso, "dejando sin efecto los requerimientos de documentación y traslados a los peritos designados de la Intervención para ampliación de la pericia".
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