Alaya reprocha al ex interventor no hizo el informe de actuación para "no forzar a los responsables políticos" a pronunciarse

Caso ere

Dice que autorizó 20 modificaciones presupuestarias contrarias a la ley general de la Hacienda Pública por importe de 145 millones.

Jorge Muñoz

26 de julio 2013 - 16:48

Sevilla/La juez Mercedes Alaya, que investiga el escándalo de los ERE fraudulentos, ha reprochado al ex interventor de la Junta Manuel Gómez Martínez, que el jueves declaró imputado por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, que no hizo el denominado informe de actuación para "no forzar a los responsables políticos" de la Junta a tener que pronunciarse sobre las irregularidades en el sistema de concesión de ayudas y que había denunciado hasta en 15 ocasiones.

En el acta de la declaración del ex interventor, la juez le imputa a Manuel Gómez que a pesar de que conocía que se estaban concediendo ayudas "con total ausencia de procedimiento", no inició el proceso establecido en el artículo 12.5 del decreto 9/1999 a través del informe de actuación que hubiese concluido "necesariamente" sometiendo la cuestión a la consideración del Consejo de Gobierno de la Junta, si no se manifestaba la conformidad y se cumplían las recomendaciones por las consejerías de Empleo e Innovación.

Para Alaya, el alto funcionario "intencionadamente emitió el llamado informe adicional al de cumplimiento para presuntamente no forzar a los responsables políticos (consejeros implicados y consejo de Gobierno) a tener que pronunciarse sobre el tema, con independencia del conocimiento que los mismos tuvieran".

La instructora insiste en que el interventor "expuso con reiteración" a través de sus informes durante una década (2000-2010) que la Consejería de Empleo estaba "prescindiendo de forma absoluta del procedimiento legalmente establecido, entre otros extremos la fiscalización previa, y que ello se hacía a través de un uso totalmente irregular por la Consejería del expediente de transferencias de financiación para el envío de fondos al IFA/IDEA, que es quien realizaba el pago de dichas subvenciones por orden de aquélla".

La imputación formal de la juez añade que Manuel Gómez, pese a conocer esta "reiterada ilicitud y que la consejería de Empleo estaba contrayendo con el IFA/IDEA obligaciones que superaban extraordinariamente los límites de los créditos presupuestarios aprobados para ésta, obviaría conscientemente el cumplimiento de la legalidad vigente”"

Alaya le atribuye haber informado favorablemente a 20 modificaciones presupuestarias por la Consejería de Empleo para aumenta entre los años 2000 y 2009 el crédito destinado a las transferencias de financiación. De esas 20 modificaciones, según la instructora, las seis primeras eran contrarias a las leyes de presupuestos de 2000 y 2001, y todas eran contrarias a la ley general de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma 5/83 y al artículo 20 del Reglamento de Intervención, y supusieron un coste total para la Junta de 145.193.285 euros.

La juez también señala que el interventor conocía la "indiciaria ilegalidad" que se estaba cometiendo en la consejería de Empleo en la concesión de las subvenciones, pero a pesar de ello “no consta” que lo comunicara al interventor delegado de la consejería de Empleo para que éste pudiera ordenar un "reparo suspensivo" por considerar que la continuación de la gestión administrativa pudiera causar un “quebranto económico a la Junta”, conociendo que el desfase presupuestario en Empleo por los importes debidos al IFA/IDEA era de 38 millones en 2003, 94 millones en 2004 y 95 millones en 2005.

Por último, la juez también considera que el interventor incumplió "de modo flagrante" el artículo 85 bis de la ley general de la Hacienda Pública al no ordenar que se realizara "el necesario control financiero sobre los beneficiarios" de la ayudas, con el objeto de comprobar el "adecuado destino" de las mismas, algo que “hubiera evitado que muchas de ellas sirvieran para el enriquecimiento de ciertas personas".

La instructora le imputa un delito de malversación de caudales públicos y otro de prevaricación, "por dictar informes u omitir los mismos", una acción u omisión que "quebrarían de manera esencial el ordenamiento jurídico y que permitiría en connivencia con otros el torcimiento de la ley y del derecho y el menoscabo de los fondos de la Junta de Andalucía durante más de una década".

stats