Alaya ordena a la Intervención del Estado que analice la actuación de la Cámara de Cuentas
Considera de "especial relevancia" que los peritos se pronuncien sobre las funciones de este órgano fiscalizador.
Sevilla/La juez Mercedes Alaya ha dictado un nuevo auto en el que ordena a los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), que recientemente entregaron un informe de más de 8.000 folios sobre el caso de los ERE fraudulentos, que analicen la actuación de la Cámara de Cuentas en relación con las ayudas concedidas al amparo del fondo de reptiles.
En la resolución, la magistrada considera de “especial relevancia para la investigación de la causa” que los peritos se pronuncien sobre las funciones de este órgano fiscalizador en la “rendición de cuentas anuales de la Junta de Andalucía” y todo ello en relación con las ayudas sociolaborales concedidas en el programa 31L por la dirección general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo.
La magistrada ha remitido a los peritos el informe realizado en julio de 2012 por el gabinete jurídico de la Cámara de Cuentas –que fue solicitado por el Pleno de la Cámara en relación al informe de fiscalización elaborado- y también las alegaciones presentadas por la defensa del ex director general de Idea Jacinto Cañete, que esta misma semana se acogió a su derecho a no declarar cuando fue citado por la magistrada.
El escrito presentado por este imputado alega fundamentalmente la Intervención General de la Junta de Andalucía, la Cámara de Cuentas y el Parlamento andaluz “santificaron” el procedimiento para el pago de las ayudas de los ERE a través de la partida 31L y las transferencias de financiación.
En el escrito presentado por su abogado defensor, Juan Carlos Alférez, el ex alto cargo niega cualquier conocimiento de las irregularidades y su participación en hechos delictivos. Cañete, que fue director de Idea entre mayo de 2008 y diciembre de 2009, sostiene que el procedimiento de concesión de las subvenciones era “santificado” por la Intervención General de la Junta en la rendición de la cuenta general y por la Cámara de Cuentas en el informe favorable de liquidación del programa y por el propio Parlamento andaluz “por segunda vez al aprobar la cuenta general”.
La defensa explica que la Cámara de Cuentas es un “órgano tremendamente especializado, con altísimo nivel técnico y con ingentes medios analíticos”, al tiempo que sus funcionarios son “enormemente escrupulosos y detallistas, capaces de atisbar el más mínimo incumplimiento normativo”.
Con esta argumentación, el letrado pone como ejemplo que si la Cámara de Cuentas “puede detectar una irregularidad en un ticket de dos euros” ese nivel de detalle “no se corresponde con dejar pasar año tras año, rendición de cuenta tras rendición de cuenta, informe tras informe, nada menos que presuntas irregularidades de decenas y centenas de millones de euros, según las tesis acusatorias”.
Para el ex responsable de la agencia, la Cámara de Cuentas tenía un “cabal conocimiento” sobre el funcionamiento del programa 31L porque en la información que cada año le remitía la Intervención General aparecían “con total claridad y precisión todos los elementos que ahora per se la instrucción juzga como delictivos”, y así señala que entre la documentación que se le enviaba figuraba los objetivos del programa, que era definido como “transferencias a Idea en aplicación del concierto de ayudas a empresas en crisis para el mantenimiento tanto del empleo como del tejido productivo andaluz”.
La Cámara de Cuentas, prosigue el escrito de la defensa de Cañete, llevaba la cuenta general al Parlamento para su aprobación “sin tacha, reproche, comentario ni observación de ilegalidad” y el Parlamento en la aprobación de la liquidación del programa 31L, “bendecía, asentía y confirmaba las trazas esenciales” de este programa presupuestario: conceder ayudas a Empleo, transferir fondos a Idea y encargar a ésta la materialización de los pagos.
Jacinto Cañete argumenta, de otro lado, que “ni ideó, ni creó, ni participó en la génesis de dicho programa presupuestario, limitándose como directo general a continuar cumpliendo –al igual que sus cuatro antecesores y al igual que su sucesor-, con las obligaciones que las leyes de presupuestos preveían para la agencia Idea” que no eran otras que “ser caja pagadora de la Consejería de Empleo en la concesión de ayudas sociolaborales y directas a empresas”.
En su actuación durante los 18 meses que estuvo en el cargo, Jacinto Cañete asegura que “ningún técnico de la agencia, ningún asesor jurídico de la agencia, nadie absolutamente de la organización” le advirtió de que la materialización de los pagos del programa presupuestario 31L “pudiera ser una actividad contraria a derecho, ilegal y, menos aún, delictiva”. Cañete añadió que todos y cada uno de los convenios firmados pasaban el control de los servicios técnicos previos a la firma del director general, comprobando además la existencia de crédito y verificando la cuenta corriente reflejada en la orden de pago.
La actividad de pago de las ayudas de la partida 31L era en esa época, según el documento de Cañete, algo “residual, cuasi automatizada”, que alcanzaba a lo sumo el 8% del presupuesto de Idea y eran “meras ejecuciones burocráticas, que no requerían más actividad intelectiva que el cercioramiento de la existencia de crédito presupuestario y que la cuantía ordenada se pagara en la cuenta corriente que Empleo designara”.
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