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Aforos y normas en Andalucía para el comercio y la hostelería según el nivel de alerta

Coronavirus

Aforos y restricciones en Andalucía para el comercio y la hostelería según el nivel de alerta / Juan Carlos Vázquez
Pilar Pereira

04 de marzo 2021 - 13:14

El gobierno andaluz anunció las nuevas medidas anti-covid para combatir la pandemia. Si bien se mantiene el cierre perimetral, las nuevas propuestas arrojan algo de luz para comerciantes y hosteleros. El confinamiento seguirá vigente en todos aquellos municipios que presenten una tasa de incidencia acumulada por encima de los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes. También se mantiene el cierre perimetral tanto de la comunidad como en las ocho provincias.

A partir del 4 de marzo se tomarán las decisiones pertinentes relativas a qué localidades pasan al nivel 2 de alerta durante los próximos siete días como mínimo, cuando entrarán en vigor las citadas medidas. Para estas localidades en nivel 2, se permitirá a comerciantes y hosteleros la apertura de sus negocios hasta las 21:30, ya que el toque de queda se mantiene en las 22:00 para todo el territorio andaluz.

Cada jueves se analizarán los datos por parte de las delegaciones territoriales de la Consejería de Salud, para de esta forma establecer el nivel de alerta que corresponde a cada zona.

Cambios de nivel de alerta

Los distintos niveles de alerta determinan tanto los horarios de la hostelería y los negocios comerciales como el aforo permitido, todo ello publicado en el BOJA y con una duración de 7 días, hasta una nueva revisión de datos.

Hay 6 índices que marcan el cambio de nivel a peor o a mejor para cada zona: el índice acumulado de casos confirmados, la variable entre las personas mayores de 65 años, las pruebas diagnósticas de infección activa, el índice de ocupación de unidades de Cuidados Intensivos (UCI) y de camas hospitalarias, y la trazabilidad de cada uno de los casos positivos en Covid-19 detectados.

Aforo y restricciones en el nivel 4 de alerta

El aforo en la hostelería y la restauración es del 30% en el interior y del 75% en las terrazas; y del 40% en los gimnasios. En los establecimientos comerciales el aforo permitido es del 50 % de la capacidad. El horario de cierre se debe mantener a las 18:00.

En los velatorios y entierros, la asistencia máxima es de 6 personas en interior y 15 en exterior. A las ceremonias civiles y religiosas solo podrán asistir un máximo de 30 personas. En los banquetes no podrá haber más de 30 personas en interior, y 50 en exterior.

En el transporte público, los pasajeros que vayan sentados deberán mantener un asiento de separación con el pasajero más cercano, sin superar el 50 % del aforo si van de pie.

Aforo y restricciones para el nivel 3 de alerta

Se permite en los locales de restauración y hostelería un aforo del 50% en el interior y del 100 % en exteriores. Los gimnasios e instalaciones deportivas mantendrán su aforo en un 50 % de su capacidad. El horario de cierre se mantiene en las 18:00.

En los banquetes nupciales tampoco puede haber más de 50 personas en interior y 75 en exterior. En los establecimientos comerciales, cines, teatros, auditorios, congresos y feria, la limitación es del 60% del aforo.

Aforo y restricciones para el nivel 2 de alerta

Se permite en los locales de restauración y hostelería un aforo del 75 % en el interior y del 100 % en exteriores. Los gimnasios mantendrán su aforo en un 65 % de su capacidad. El horario de cierre se establece en las 21:30.

En los velatorios y entierros, la asistencia máxima se establece en 10 personas en interior y 25 en exterior. Y en las ceremonias civiles y religiosas, el aforo es del 50%. En los banquetes no podrá haber más de 100 personas en interior, y 150 en exterior.

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