Aforos y medidas en los municipios en nivel 1 de alerta Covid en Andalucía
Coronavirus Andalucía
Cuatro niveles de alerta sanitaria determinan los aforos y medidas en vigor para cada uno de los municipios de Andalucía
Nivel de alerta Covid en cada municipio de Andalucía
En Málaga y parte de Cádiz y Almería ya se puede salir a bailar
Tras la reunión del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de esta semana Málaga, la Bahía de Cádiz, el Campo de Gibraltar y el Norte de Almería estrenan el nivel 1 de alerta por Covid en Andalucía y se convierten así en los Distritos Sanitarios con menor escala de riesgo de Andalucía.
Esta decisión conlleva una flexibilización en algunas medidas, restricciones y limitaciones de aforos que se resumen de la siguiente manera:
Velatorios
Hasta 20 personas en interior, 30 en exterior y 50 en comitiva
Se permite un máximo de 30 personas en velatorios en espacios al aire libre y de 20 en espacios cerrados, mientras que la participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.
Ceremonias y Cultos
75% de aforo y distancia de 1,5 metros
Las ceremonias civiles podrán realizarse en todo tipo de instalaciones con el aforo máximo del 75%, que permita mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros en espacios cerrados y al aire libre.
Celebraciones
75% de aforo y 300 personas (8 por mesa) en interior. 100% de aforo y 500 personas (10 por mesa) en exterior. Consumo en barra y actuaciones musicales. Baile sólo en exterior, con cierre a las 02.00 horas
En el interior de los salones de celebraciones se deberá respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas (hasta 8 personas), con un máximo de 300 personas en espacios cerrados. En exteriores podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas (hasta 10 personas), con un máximo de 500 personas.
Está permitido el servicio y consumo en barra, el buffet, las pequeñas actuaciones musicales y el baile en exterior con mascarilla.
Hostelería
75% de aforo y hasta 8 personas por mesa en interior. 100% de aforo y 10 personas por mesa en terraza. Consumo en barra. Distancia de 1,5 metros y cierre a las 24.00 horas
Los bares y restaurantes no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local (hasta 8 personas por mesa), mientras sí podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en terrazas al aire libre (hasta 10 personas por mesa).
Está permitido el servicio y consumo en barra, el buffet, las pequeñas actuaciones musicales y el baile en exterior con mascarilla
Atracciones
Con asientos: 75% aforo; sin asientos; 2/3 de aforo si hay distancia de 1,5 metros o 1/3 si no
Verbenas y romerías
No recomendadas
Cines, teatros y circos
85% de aforo, con una localidad de separación y público sentado. Grupos de 6 personas. Autorización sanitaria para espectáculo de más de 400 espectadores en interior y 800 en exterior
En los temas culturales (cines, teatros o auditorios) se permite un máximo del 85% de aforo, mientras que en museos y sala de exposiciones se reduce al 80% para cada sala. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía.
Espectáculos taurinos
60% de aforo y una localidad de separación. Grupos de 6 personas
Turismo
100% de aforo en zonas comunes exteriores de hoteles y 75% en interiores. Grupos de 25 personas con guía turístico, 30 si es en actividades de naturaleza
En hoteles, alojamientos turísticos, campings y zonas de pernocta de autocaravanas se establece que la ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 100% de su aforo en zonas comunes exteriores y 75% en zonas comunes interiores; las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 25 personas.
Docencia
Presencial, con medidas de flexibilización en FP y educación especial. 85% de aforo en academias, con hasta 25 personas por aula
Deportes
75% de aforo y hasta 20 personas en interior y 85% de aforo y 25 personas en exterior. Distancia de 1,5 metros. Competiciones con público: 1.500 personas en interior y 2.500 en exterior
En instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios, la orden establece en el nivel 1 un límite de aforo para la práctica físico-deportiva del 85% al aire libre, y del 75% en los espacios e instalaciones deportivas convencionales o no convencionales interiores, entre otros.
Comercios
100% aforo y distancia de 1,5 metros
Mercadillos
100% de aforo
Transporte público
100% en asientos y 75% de pie
Ocio Infantil
50% de aforo en interior y 60% en exterior, con grupos de 20 niños. Recomendado mantener las burbujas de convivencia escolar
Parques infantiles
Una persona por cada 4 metros cuadrado. Grupos de 25 personas
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