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Admitido el recurso de Andalucía contra el decreto de recortes en educación

La Junta había recurrido al Constitucional el Real Decreto-ley, que permite aumentar un 20% el número máximo de alumnos y el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución de los profesores titulares, entre otras medidas.

Foto: Josué Correa
Europa Press

21 de septiembre 2012 - 12:37

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite los dos recursos presentados por la Junta de Andalucía y el Gobierno del Principado de Asturias contra el Real Decreto-ley 14/2012 de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, aprobado el pasado 20 de abril por el Consejo de Ministros, según ha publicado el Boletín Oficial del Estado (BOE). Así, el Alto tribunal acepta el recurso del Gobierno andaluz contra el artículo 2 de este decreto, que permite a las comunidades autónomas puedan aumentar hasta un 20% el número máximo de alumnos por aula; el artículo 3, que establece un mínimo de 25 horas lectivas del profesorado en Infantil y Primaria y de 20 en el resto de enseñanzas y modifica el régimen de horas complementarias que como máximo puede ser de una. Asimismo, el recurso andaluz incluye también el artículo 4, sobre el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución de los profesores titulares, que se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos; el artículo 5, que aplaza la implantación de los módulos de Formación Profesional de 2.000 horas al curso 2014-2015.

También recurre el artículo 6 de este decreto -apartados uno, dos, tres y cuatro-, que plantea cambios a la creación de centros universitarios, la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos, la cooperación entre universidades y entre éstas y centros de investigación y modifica el régimen de dedicación del profesorado universitario. El recurso andaluz impugna el artículo 7, que establece que las autonomías financien con sus presupuestos la diferencia entre el precio público que fijen y el límite mínimo que corresponda a cada enseñanza; y la disposición final primera sobre el fundamento competencial de este real decreto-ley.

Por su parte, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha recurrido los artículos 3 y 4, referidos al aumento de las horas lectivas mínimas del profesorado en la enseñanza no universitaria y las sustituciones de docentes titulares por interinos a partir del décimo día de baja de los primeros.

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