Perdonan 144.000 euros de deuda a un pensionista de Mairena del Aljarafe por la Ley de Segunda Oportunidad
Sevilla
El hombre acumuló en su etapa como inspector de policía acumuló débitos por préstamos y tarjetas de crédito
Tuvo que jubilarse por incapacidad y montó un negocio que salió mal
Un juzgado exonera a un emprendedor inmobiliario de una deuda de más de 12 millones por la ley de Segunda Oportunidad
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla ha notificado la sentencia exonerando el 100% de la deuda de forma definitiva a la Asociación de ayuda al Endeudamiento esta semana, permitiendo a este pensionista comenzar de cero financieramente.
El hombre, que había sido inspector de la policía, es un pensionista por invalidez. Trabajaba como inspector de policía, pero la enfermedad le obligó a jubilarse. Tras esto, decidió montar un negocio, pero no le fue como esperaba. Una situación que se complicó cuando intentó ayudar a algunos familiares no pasaban por buena situación económica, por lo que solicitó algunos préstamos.
Lamentablemente, en menos de un año se vio sin negocio, con deudas y con una pensión que le imposibilitaba cubrir sus gastos esenciales y pagar a bancos y entidades financieras. Su única fuente de ingresos ha sido su pensión, la cuál no superaba los 1.000 euros, lo que hizo inviable atender la cuota mensual adeudada a todas las entidades.
Comenzaron entonces las continuas llamadas de recobro y amenazas de embargo hacia el sevillano. Como comenta Pepe Domínguez, abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, "este acoso suele ser normal y provoca en el asociado una situación de malestar y de estrés imposible de afrontar por sí solo".
Tras intentar negociar por su cuenta con los bancos y demás acreedores sin éxito, acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados de esta entidad de ámbito de actuación nacional estudiaron su situación y le animaron a comenzar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad para condonar el total de las deudas
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva el pasado 5 de julio concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 144.226,79 euros.
Con esta sentencia los acreedores del concursado no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos al ya ex-deudor.
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