Reafa, seguridad alimentaria en el campo
La opinión invitada
Un nuevo instrumento para definir la trazabilidad de los alimentos.
EXISTE un amplio marco normativo europeo para garantizar la seguridad y la inocuidad de los productos de la Unión Europea y por normativa europea hay que fijar sistemas que aseguren la trazabilidad de los alimentos. Es por ello que existe a nivel europeo numerosa normativa que obliga a una trazabilidad ejemplar y para ello igualmente está la obligación de tener un Registro de Explotaciones Agrícolas y Forestales en Andalucía, Reafa. En caso de cualquier incidencia se han de conocer todos los eslabones de la cadena por los que ha pasado el producto, su producción, transformación y distribución.
Esto es la trazabilidad total: todas las explotaciones han de estar inscritas en su registro de explotaciones agrícolas y forestales de Andalucía y cada CCAA mantendrá su registro. Asaja dispone de un borrador de Decreto elaborado por la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía y que está a punto de publicarse, por el que se crea y regula dicho registro que tratará de planificar y ordenar los sectores agrícola, ganadero y forestal.
Dentro del ámbito de aplicación y de obligaciones, dispone este borrador de decreto en su articulo cuarto que tendrán que inscribirse en el Reafa los titulares que quieran acceder a los beneficios y ayudas que se establezcan, así los que necesiten obtener permisos o autorizaciones de las administraciones o los que comercialización de los productos, es decir, todas las explotaciones. Se detallan unos contenidos mínimos que debe tener el registro, este año 2015 con la solicitud de ayuda de la PAC se consideraría incluida la explotación, es decir, el agricultor o ganadero que esté haciendo ahora la solicitud de ayuda quedaría incluido automáticamente y el resto lo tendrán que hacer bajo modelo con unos contenidos mínimos.
En definitiva, más obligaciones para los agricultores y ganaderos, estaremos más que controlados y cualquier producto que llegue a la mesa se podrá identificar correctamente. Eso sí, que tenga cuidado el consumidor, porque es obligatorio para los productos de nuestra tierra, pero el producto que viene de otros países no tiene que cumplir estas exigencias. ¿Valorará el consumidor esta trazabilidad a la hora de elegir el producto? ¿Mirará la etiqueta para ver si las naranjas, por ejemplo, son de nuestra Vega o de Sudáfrica, o mirará solo el precio? ¿Sabrá el consumidor que cuando escoja un producto de aquí podrá conocer de dónde viene, en que parcela se ha producido y, en definitiva, que estará elaborado con todos los cuidados y bajo la normativa más exigente?
Ahora, en lo que se refiere a seguridad, pero en este caso referida a los robos, esta normativa tiene un artículo muy interesante, mediante el cual se establece la obligatoriedad de la llevanza a la hora del transporte de un documento específico denominado DAT, Documento de Acompañamiento del Transporte. Consiste en un documento que deberá llevar consigo todo producto que salga de la explotación y deberá ser aportado en cualquier momento del trasporte o recepción del mismo, pudiendo ser exigido por los agentes de la autoridad. Es decir, cualquier producto que salga de la explotación deberá llevar siempre el DAT.
Esta medida, que por trazabilidad será obligatoria, se convierte en una herramienta muy útil para la Guardia Civil que, de esta forma, podrá identificar si el producto es robado o no a la hora de interceptar vehículos sospechosos. Eso sí, lo suyo es que paren a los que sean sospechosos. Hasta ahora no existía un documento mediante el cual el agente de la autoridad pudiera identificar si un producto era robado o no; además, si existía en una provincia un modelo normalizado y publicado en el BOP, y en provincias limítrofes no, el amigo de lo ajeno podía decir perfectamente que la mercancía provenía de otra provincia. Con el nuevo sistema, el que lleve la mercancía deberá tener el DAT, por lo que se podrá actuar en los puntos de compra para terminar con la venta de productos robados.
Claro esta que todo esto conlleva mucho papeleo y aumento de burocracia pero, ya que el consumidor por desgracia tardará en aprender lo seguros que son nuestros alimentos, que mientras tanto el Decreto sirva para evitar los robos. Ahora sólo queda que se publique, se ponga en marcha de una forma coherente y se conozca como será el formato del DAT, al menos a la vez que la publicación, para no crear vacíos legales. Y como reivindicación desde Asaja, que cuando una norma obliga al agricultor y ganadero con más exigencias -favoreciendo a otros productos que vienen de fuera sin las mismas exigencias- venga acompañada de una campaña publicitaria para que el consumidor final sepa lo que come.
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