El Constitucional se prepara para anular las condenas de Aguayo y Griñán por la malversación de los ERE

El caso de los ERE

El tribunal de garantías asumiría argumentos que ya expusieron las dos magistradas progresistas del Tribunal Supremo, que consideraron un "salto al vacío" condenar por malversación a los ex altos cargos que no pertenecían a la Consejería de Empleo, que era la gestionaba las ayudas a través de las transferencias de financiación al IFA/IDEA

El Constitucional plantea anular la malversación a Carmen Martínez Aguayo por los ERE

Anulada la condena a Magdalena Álvarez por el caso de los ERE

José Antonio Griñán y Carmen Martínez Aguayo.
José Antonio Griñán y Carmen Martínez Aguayo. / M. G.

El Tribunal Constitucional puede desmontar en gran medida el caso de los ERE, el que según uno de los votos particulares emitidos recientemente en el caso de Magdalena Álvarez es el "asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España", si el Pleno aprueba la próxima semana la ponencia elaborada por la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, que propone anular el delito de malversación por el que fueron condenados a seis años de prisión la ex consejera de Economía Carmen Martínez Aguayo y el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán.

En el Pleno del próximo 2 de julio se debatirá precisamente el caso de Martínez Aguayo y si, como es probable el tribunal de garantías anula su condena por la malversación, esta decisión podría repetirse en el caso de José Antonio Griñán, cuyo recurso de amparo podría también prosperar y su condena ser anulada. Martínez Aguayo ha pasado año y medio en prisión, hasta que recientemente recibió el tercer grado penitenciario, mientras que Griñán tiene suspendido su ingreso en prisión durante cinco años debido al cáncer que padece.

En el caso de la ex consejera de Economía, la ponencia proponer anular íntegramente las sentencias del Tribunal Supremo y de la Audiencia de Sevilla en lo que se refiere al delito de malversación por la vulneración del principio de legalidad penal y del derecho a la presunción de inocencia. La anulación de la condena por este delito sería sin posibilidad de retroacción alguna, es decir, que el caso no volvería a la Audiencia de Sevilla para el dictado de una nueva sentencia.

Las irregularidades cometidas en las ayudas de los ERE serían, según la propuesta, consecuencia necesaria del sistema de presupuestación del programa 31L, que fue aprobado en las sucesivas leyes de presupuestos de la Junta de Andalucía y aunque las leyes de presupuestos no legitimaban la disposición de los fondos públicos sin la concurrencia de los fines públicos propios de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis, lo cierto es que esta responsabilidad quedaba circunscrita a los responsables de la Consejería de Empleo.

El fraude se circunscribe a la Consejería de Empleo

El Constitucional asumiría de esta forma los argumentos que expusieron dos magistradas progresistas que emitieron un voto particular en la sentencia del Tribunal Supremo. Las magistradas de la Sala Penal del Supremo Ana Ferrer García y Susana Polo García culparon a la sentencia mayoritaria de dar un "salto al vacío" para condenar a lo ex altos cargos ajenos a la Consejería de Empleo, que era la que gestionaba las ayudas de los ERE. Para estas magistradas, una cosa es asumir y aprobar todo un sistema específico para "agilizar" y para lograr una "mayor rapidez" en la concesión y pago de las ayudas sociolaborales a los trabajadores y a las empresas en crisis, y otra cosa "muy diferente es que los acusados ajenos a la referida Consejería tuvieran conocimiento de que parte de esos fondos estuvieran siendo distribuidos de forma dolosamente fraudulenta por los funcionarios ejecutores del presupuesto a quienes les eran entregados para que les dieran el destino social y económico establecido en la ley".

Decían las magistradas en su voto particular que en la causa "no figuran datos indiciarios que permitan afirmar que el Consejero de Economía y Hacienda (posteriormente Presidente de la Junta) José Antonio Griñán Martínez o la Viceconsejera y Consejera de la misma Consejería, Carmen Martínez Aguayo, y lo mismo debe decirse con respecto a las autoridades y funcionarios de la Consejería de Innovación y Ciencia, Miguel Ángel Serrano Aguilar, Jesús María Rodríguez Román y Francisco Vallejo Serrano supieran que los integrantes de la Consejería de Empleo estuvieran proporcionando subvenciones a personas que no pertenecían ni habían pertenecido a las empresas en crisis, o que el dinero dedicado a las ayudas se estuviera entregando a empresas sin estructura alguna, ya sea porque todavía no estuvieran creadas o porque estaban en quiebra total y sin posibilidad alguna de recuperación. Y tampoco se ha acreditado que estuvieran al tanto de que se estaban concediendo de forma arbitraria como subvenciones o como pagos a profesionales cantidades muy superiores a las legalmente autorizadas a trabajadores, empresarios o profesionales de diferentes materias o especialidades".

El "plan" o el "club" de los ERE

Siguiendo esta línea, la ponencia que se presentará en el Pleno del Constitucional niega que Carmen Martínez Aguayo -y por extensión Griñán, en su etapa de consejero- tuvieran el "dominio funcional" de la gestión de las ayudas, y las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Tribunal Supremo no describen ninguna modalidad de acuerdo o adhesión de estos ex altos cargos a un "plan preconcebido dirigido a la realización de esas prácticas" ilícitas en la concesión de las ayudas.

Esa es la teoría del denominado "club de los ERE", según la cual, centenares de personas, no sólo los altos cargos, sino funcionarios públicos sin ninguna vinculación política, se habrían concertado para ejecutar un fraude en la concesión de las ayudas sociolaborales y a empresas que se mantuvo durante una década. Las defensas se afanaron en poner de manifiesto durante los 13 años que se ha prolongado este caso que no hay ninguna prueba sobre ese supuesto “pacto criminal” en el que habrían participado al menos los 19 ex altos cargos condenados, pero ese proceso debía implicar la connivencia de centenares de personas en esos diez años.

A ese supuesto plan también se refirió el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán cuando declaró en el Tribunal Supremo en el año 2015 -cuando el caso aún estaba en instrucción- y a su salida del Alto Tribunal manifestó a los periodistas que no creía que hubiera “un gran plan” para defraudar, pero sí reconoció que “hubo un gran fraude y eso significa que algunos de los controles pudieron fallar”.

Por último, la ponencia de Inmaculada Montalbán analiza otro de los aspectos que se convirtieron en uno de los pilares de la condena de Martínez Aguayo y de Griñán: el hecho de haber recibido los informes de la Intervención en los que se alertaban de las irregularidades y que fueron objeto de una gran controversia en el juicio respecto a si esos informes alertaban o no de un posible menoscabo de fondos públicos más allá de constatar las irregularidades en el procedimiento de concesión de las ayudas.

En este sentido, el texto que se someterá a deliberación señala que no basta con poner de manifiesto que estas ayudas no se ajustaban al procedimiento de concesión de las subvenciones, sino que es preciso que los condenados por malverssación participaran activamente o por omisión conociendo que los fondos del programa 31L se estaban concediendo "sin que existiera un fin público que justificara su concesión o para fines distintos de los previstos en dicho programa", y los informes de la Intervención no advertían de que se hubieran producido actos de disposición ajenos a dicha cobertura, es decir, la consejería de Economía no podía saber lo que estaba haciendo la consejería de Empleo con estas ayudas que gestionaba precisamente Empleo y en las que actuaba como caja pagadora el IFA/IDEA.

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