Conducir sin carné, delito con pena de prisión a partir del 1 de mayo
La DGT notifica por carta la reforma a los 25.000 conductores sancionados el año pasado por este motivo.
Finalmente, este jueves, 1 de mayo, entra en vigor la reforma del Código Penal que establece como delito circular sin carné porque el conductor no lo haya obtenido o bien porque lo haya perdido al quedarse sin puntos. La DGT se ha tomado la molestia de notificárselo por carta a los 25.000 conductores que fueron sancionados por vía administrativa el año pasado por este motivo.
Coincidiendo con el puente de mayo, uno de los periodos festivos con mayor densidad de circulación en las carreteras, este jueves finaliza el periodo transitorio para la entrada en vigor de una de las modificaciones aprobadas el año pasado en el Código Penal para endurecer las sanciones a la Ley de Seguridad Vial.
Se tipifica como delito conducir sin haber obtenido el necesario permiso o licencia de conducción, lo que hasta ahora tenía consideración exclusiva de infracción administrativa, o habiéndolo perdido por agotar el crédito de puntos o por tenerlo retirado.
Esta reforma afecta al artículo 384 del Código Penal en que se especifica que conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción pasa a tener la consideración de delito, que se castiga con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, aplicándose las mismas penas al conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente o por decisión judicial y siga conduciendo.
La Dirección General de Tráfico ha realizado una campaña informativa específica remitiendo una carta a los, aproximadamente, 25.000 conductores infractores a los que durante el año 2007 se les abrió expediente sancionador administrativo por conducir sin haber obtenido nunca el permiso de conducir necesario. La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado día 2 de diciembre pasado, establecía una moratoria hasta el 1 de mayo para este delito, informó la DGT.
El nuevo delito por conducir sin carné se suma a los que ya entraron en vigor en diciembre pasado respecto a los excesos de velocidad de 60 kilómetros por hora sobre el límite en zona urbana y 80 por hora en carretera, y por sobrepasar el nivel del alcohol en 1,2 gramos por litro de sangre. En estos dos últimos supuestos las penas de cárcel pueden llegar hasta un año.
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