La Fiscalía solicita "el inmediato" ingreso en prisión de Del Nido
Caso Minutas
Se opone a la petición del abogado y ex presidente del Sevilla de prorrogar su entrada en la cárcel.
La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la prórroga solicitada por el ex presidente del Sevilla y abogado, José María del Nido, condenado a siete años de prisión por el caso Minutas, sobre las irregularidades en los encargos realizados al abogado por parte del Ayuntamiento de Marbella, para entrar en la cárcel y considera que debe acordarse "el inmediato" ingreso en prisión en cumplimiento de la sentencia.
La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga, órgano que se encargó del juicio de este caso, declaró el pasado mes de diciembre la firmeza de la sentencia e inició la ejecución de dicha resolución, dando a Del Nido un plazo de 30 días -sin especificar hábiles o naturales- para pagar la responsabilidad civil impuesta, fijada en su caso en 2,7 millones, e ingresar voluntariamente en prisión.
Entre otras medidas, la defensa pidió la pasada semana una prórroga de ese plazo, solicitud a la que el fiscal se opone en un escrito al alegar, entre otros motivos, que las penas impuestas en esta causa "son de la suficiente entidad y duración como para que deba acordarse su cumplimiento sin más demora".
El representante del ministerio público recuerda que el Tribunal Supremo, donde la defensa de Del Nido presentó un incidente de nulidad a la sentencia aún sin resolver y pidió la suspensión de la ejecución mientras se tramitaba, determinó que la competencia sobre los aspectos del cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta al letrado correspondía a la Audiencia Provincial.
En este sentido, el fiscal señala que "parece oportuno acordar el inmediato ingreso en prisión" de Del Nido, ya que entiende que ya ha transcurrido el plazo de 30 días dado, puesto que la resolución en la que se acordó le fue notificada personalmente el 3 de enero "sin que las razones que se alegan para la prórroga sean asumibles". De hecho, los 30 días hábiles desde esa fecha se cumplirían este lunes.
Para la acusación pública, el incidente de nulidad no conlleva la necesidad de suspender el ingreso en prisión y considera que para que se produzca la suspensión es necesario que el órgano que dictó la resolución cuya nulidad se insta -el Supremo- así lo acuerde. Pero éste no es el caso, se indica, puesto que el Alto Tribunal ya ha desestimado la petición y ha remitido la cuestión a la Audiencia.
Además de destacar la duración de la pena impuesta, el fiscal también alude a la "indudable gravedad y trascendencia social" de los delitos, pues se le condena por malversación de caudales públicos, "por su participación en el expolio sufrido por el patrimonio municipal del Ayuntamiento de Marbella" en la época en que era gestionado por el GIL.
"La gravedad de los delitos por los que ha sido condenado el señor Del Nido, la duración de las penas impuestas y su trascendencia social, determinan la improcedencia de la suspensión, dado el efecto desmotivador que ello tendría en el sentir ciudadano, pues pondría en tela de juicio la necesidad del cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes", ha sentenciado el fiscal.
Sobre el argumento de Del Nido de que tiene que hacer fuera de prisión gestiones para pagar su responsabilidad civil, el ministerio público señala que "ya ha tenido ocasión para ello" desde que se ratificó la condena, "sin que por otro lado esas gestiones tengan que ser realizadas en persona" por él. Además, recuerda que tiene causas pendientes de juicio por hechos similares.
Por último, indica que las penas de prisión "no sólo tienden a la reeducación y reinserción del penado, sino que cumplen otros fines, como es el relativo a la evitación del delito -prevención general mediante la amenaza del castigo-, que quedaría desvirtuado si se accediera a dejar sin efecto el castigo impuesto".
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