Penitenciario: El canónigo para los pecados graves
Religión
La Iglesia tiene esta figura, que designa directamente el obispo, para las cuestiones reservadas, entre ellas el aborto Confiesa en la Catedral.

Con motivo del Año de la Misericordia, el papa Francisco ha facultado a todos los sacerdotes a perdonar el pecado del aborto. Así lo exponía hace unos días en la carta enviada al arzobispo Rino Fisichella, presidente del Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización: "He decidido conceder a todos los sacerdotes para el Año Jubilar, no obstante cualquier decisión contraria, la facultad de absolver del pecado del aborto a quienes lo han practicado y arrepentidos de corazón piden por ello perdón". El aborto es uno de los pecados que la Iglesia denomina reservados, cuya absolución corresponde en exclusiva al llamado canónigo penitenciario. En Sevilla, este cargo lo ejerce desde el año 2009 Eugenio Hernández Martínez, párroco de Santa Ana, quien explicó a este periódico cómo es esta función.
"La figura del penitenciario es antiquísima. Algunos la remontan al papa Cornelio, en el año 251. Otros piensan que se estableció en Roma bajo el pontificado de Benedicto II, en el año 684. Lo cierto es que, en el Concilio de Letrán, Inocencio III manda que haya un penitenciario". Es el canon 508 del derecho actual de la Iglesia el que lo define: "El canónigo penitenciario, tanto de iglesia catedral como de colegiata, tiene en virtud del oficio la facultad ordinaria, no delegable, de absolver en el fuero sacramental de las censuras latae sententiae no declaradas, ni reservadas a la Santa Sede, incluso respecto de quienes se encuentren en la diócesis sin pertenecer a ella, y respecto a los diocesanos, aun fuera del territorio de la misma".
El penitenciario tiene la facultad de perdonar pecados que llevan implícitos la pena de excomunión, como los casos de apostasía (c1364), el aborto (c1398), la captación y divulgación conseguida por medios técnicos de lo que dice un penitente durante la confesión (c1988); la violencia física contra un obispo (c1370); el clérigo que atenta contra el matrimonio (c1394), o un religioso con voto solemne que atenta contra el matrimonio (c1390).
"Tiene unas facultades amplias. Lo nombra el obispo, porque antiguamente era quien confesaba. Las confesiones no eran tan asiduas como ahora. Se estimaba que después del bautismo uno podía confesarse una o dos veces. Era más una tabla de salvación. Después ya se va reflexionando desde el punto de vista sacramental y teológico que con el sacramento de la penitencia, además de perdonar el pecado, se recibe una gracia especial para que el penitente pueda cumplir sus deseos de conversión y de mejorar su propia vida".
El penitenciario atiende en su confesionario de la Catedral, que se encuentra identificado junto al altar mayor, durante el tiempo del oficio divino. Todos los días hay posibilidades de confesarse entre 09:30 y 10:30. Los penitentes pueden llegar enviados por otros sacerdotes: "Por ejemplo, una persona que aborta va a su párroco y se confiesa de ese pecado, pero el párroco no tiene facultades. Entonces, bien me envía a la persona o me pide que yo le imponga la penitencia. Se atiende siempre desde el punto de vista de la misericordia". El sacerdote advierte que la gravedad del pecado, como sucede en los casos de aborto que son los más habituales, no sólo corresponde a aquel que lo ha cometido, sino también a los que han colaborado para que se produzca: "Existen los atenuantes. No es lo mismo una mujer de 25 o 30 años que una niña de 18, que puede recibir la presión de la familia para abortar. Muchas veces resulta que ella no quería. Por eso hay un diálogo con el penitente y se llega a la conclusión de que en el foro interno ella no ha cometido el delito". Eugenio Hernández incide que la Iglesia afronta estos casos con esta metodología, y siempre desde la pedagogía, para que el penitente sea consciente de que se trata de un pecado grave: "De excomunión. La pena va inherente al pecado cuando se comete, no se impone después. Es lo que significa latae sententiae".
El penitenciario puede absolver todos los pecados, menos los reservados a la Santa Sede por su especial gravedad, que son: profanación de las sagradas especies (c1367), violación física contra la persona del Romano Pontífice (c1370), la ordenación de obispos sin mandatos apostólicos (c1382), atentado de ordenación sacerdotal a una mujer (según decreto general del 19-12-2007), violación del sigilo sacramental (c388) y absolución del cómplice en pecado torpe, es decir, si un sacerdote en confesión solicita una relación con una mujer o un hombre. "Aún siendo estos pecados reservados como confesamos en el Credo ('creo en el perdón de los pecados'), en peligro de muerte se pueden perdonar. Fuera de ese peligro, se confiesa, se absuelve, pero hay que esperar a la respuesta de la penitenciaría apostólica. Yo instruyo el caso y lo comento en Roma, sin revelar nunca el nombre del penitente, eso pertenece al sigilo sacramental". Sólo hay un pecado que la Iglesia no puede perdonar: "Decimos que la Iglesia puede perdonar todos los pecados porque tiene esa facultad dada por el Señor, pero hay uno pecado que decimos que no se perdona, que es el pecado contra el Espíritu Santo. Cuando una persona rechaza la misericordia y el amor de Dios".
Eugenio Hernández es licenciado en Teología Moral y entre las características que debe tener un penitenciario identifica el sentido común, la cordialidad, la capacidad de diálogo, que sea capaz de transmitir la misericordia y la paz de Dios, la paciencia: "Muchas veces los penitentes te ofrecen pocos datos y te ves obligado a preguntar, no por curiosidad, sino para ayudarle a ellos". Antes que Eugenio Hernández, ocuparon el oficio de penitenciario en Sevilla el canonista Manuel Peinado y José Mazuelos, doctor en Moral.
En cuanto a las penas o censuras que se pueden imponer, resalta que lo más importante es el arrepentimiento, el propósito de enmienda: "Sin eso no hay posibilidad de reconciliación". En el caso del pecado del aborto, puede poner como penitencia que se implique en la defensa de la vida colaborando con algún proyecto u organización, también que realice una novena, para que se nutra del sacramento y la palabra de Dios, o que, siempre en la medida de sus posibilidades, colabore con alguna cantidad para Cáritas u otra institución que defienda la vida.
El Papa ha dado postestad a los sacerdotes para perdonar el pecado del aborto, por ser el Año de la Misericordia y facilitar el perdón y hacerlo llegar a todos. El penitenciario oye en confesión a todos los que se acerquen a recibir el perdón de los pecados, haya cometido o no el pecado del aborto, aunque resalta su especial incidencia: "El Papa ha querido acercar la misericordia de Dios a todos. Además el número de abortos es considerable, incluso dentro de los propios católicos. Es una lacra. Se atenta contra un inocente que no se puede defender", concluye.
También te puede interesar